Condenados a prisión una mujer y su hijo por okupar la casa de su exmarido y cambiar la cerradura
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La Audiencia de Sevilla ha impuesto una pena de seis meses de prisión a una mujer y a su hijo por allanar la vivienda del exmarido de la acusada y permanecer en el interior del inmueble, situado en la localidad sevillana de Arahal, durante más de nueve meses. Ambos investigados han reconocido los hechos.
La okupación de la vivienda se llevó a cabo tres años después de que el matrimonio formalizara su separación. Los moradores ilegales accedieron al inmueble por la azotea y una vez dentro aprovecharon para cambiar la cerradura de la puerta e impedir al inquilino el acceso a su domicilio.
El allanamiento tuvo lugar el 12 de septiembre de 2020 y el desalojo se produjo tras un auto de la autoridad judicial emitido el 17 de junio de 2021.
Conformidad entre todas las partes
Según informa la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los dos encausados iban a ser enjuiciados por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará finalmente tras la conformidad alcanzada entre la Fiscalía, la acusación particular, la defensa y los propios investigados, que han sido condenados a seis meses de prisión cada uno de ellos por un delito de allanamiento de morada con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión.
Por conformidad de las partes, y en una sentencia recogida por Europa Press, la Audiencia declara probado que, tras la separación de hecho del matrimonio en el año 2017, la acusada, María José T.M., abandonó el domicilio familiar situado en Arahal y fijó su residencia habitual en la localidad sevillana de Marchena, tras lo que, meses después, su hijo, Francisco d. P.V.T., fijó su residencia habitual junto a ella.
Sobre las 9:00 horas del día 12 de septiembre de 2020, según se declara probado, los dos condenados se personaron en la vivienda de Arahal y, «sin conocimiento ni consentimiento de su morador» y «con ánimo de permanecer en ella», accedieron a su interior tras escalar por la azotea, cambiando la cerradura de la puerta de acceso «con el fin de impedir a su legítimo morador acceder a ella».
Los acusados permanecieron en el interior de la vivienda hasta el desalojo de la misma acordado por la autoridad judicial mediante auto dictado el día 17 de junio de 2021.
Ambos investigados han reconocido los hechos desde el momento de su perpetración, por lo que se les aplica la atenuante de confesión, según recoge la sentencia de la Audiencia de Sevilla dictada el pasado día 5 de noviembre.
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