La multa que te puede caer por esto que hacemos cada día con nuestro coche: la DGT no perdona
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Aparcar es algo que hacemos a diario con nuestro coche, pero lo que no sabemos es que nos puede costar una multa de la DGT por, por ejemplo, dejar mucha separación con el bordillo. A la hora de ponernos al volante es importante conocer con detalle las normas de tráfico y, por supuesto, cumplir con ellas.
Encontrar un estacionamiento en la calle no siempre es sencillo. Podemos estar mucho rato dando vueltas y vueltas tratando de buscar un sitio libre sin éxito. Pero no debemos desesperarnos y cometer alguna infracción, como por ejemplo aparcar en un vado. De lo contrario, tendremos que pagar una multa, e incluso podría llevarse nuestro coche la grúa al depósito municipal.
Las multas de la DGT por aparcar mal
Lo primero y más importante es saber la diferencia entre parar, estacionar y detenerse.
- Parar: se trata de una decisión propia. La parada dura menos de dos minutos y el conductor no abandona el vehículo. Se trata de una maniobra para recoger o dejar pasajeros.
- Estacionar: también es una decisión que se toma por voluntad propia, pero, a diferencia de la parada, el estacionamiento dura más de dos minutos y el conductor puede abandonar el vehículo si quiere.
- Detenerse: en este caso, no se hace por decisión propia, sino por necesidades de la circulación o para cumplir con el reglamento. Es lo que ocurre, por ejemplo, cuando nos detenemos en un paso de cebra, en un STOP o en un atasco.
El RACE ha recopilado 11 sanciones diferentes por no aparcar como es debido.
Multa de 80 euros de la DGT:
- No cumplir el régimen de parada y estacionamiento que establece la ordenanza municipal.
- Estacionar el vehículo dejando mucha separación con el bordillo.
- No señalizar la presencia de un vehículo detenido al hacer un estacionamiento o una parada.
Multa de 200 euros de la DGT:
- Estacionar en doble fila.
- No obedecer la señal de estacionamiento prohibido, incluida la de vado.
- Estacionar el vehículo para una zona reservada de carga y descarga.
- Estacionar en un carril o parte de la vía reservada en exclusiva para la circulación o el servicio de determinados usuarios.
- Aparcar o estacionar encima de la acera, aunque esto depende de la ordenanza municipal.
- Hacer caso omiso de la señal de estacionamiento y parada prohibido.
- Estacionar en una plaza reservada para minusválidos.
- Detenerse en una zona destinada a la parada y estacionamiento de uso exclusivo para el transporte público urbano.
Temas:
- DGT
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