Si tienes estas enfermedades la DGT te puede quitar el carnet de conducir: cuidado si estás en la lista
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Conducir es un acto cotidiano para millones de españoles, pero también una responsabilidad enorme. La Dirección General de Tráfico (DGT) vela por la seguridad de todos en la carretera, y por eso ha actualizado sus criterios para renovar el carnet de conducir, incluyendo nuevas restricciones relacionadas con enfermedades y medicamentos que pueden afectar la capacidad de conducción. El objetivo es garantizar que todos los conductores tengan las capacidades físicas y mentales necesarias para ponerse al volante.
En España, el permiso tipo B se renueva cada diez años (cada cinco años a partir de los 65 años y cada dos años a partir de los 70 años). Si tienes alguna de las enfermedades mencionadas o tomas medicamentos que afecten tu capacidad, es fundamental acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores homologado. Allí se realizarán las pruebas necesarias y se emitirá un informe médico que determinará si puedes continuar conduciendo.
Enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir
La visión es esencial para conducir. Enfermedades como glaucoma avanzado, retinopatía diabética severa o pérdida significativa del campo visual pueden impedir la renovación del carnet.
Patologías como epilepsia no controlada, esclerosis múltiple avanzada o ciertos tipos de demencia afectan la capacidad de reacción y coordinación. La normativa advierte que crisis recurrentes o deterioros neurológicos progresivos son incompatibles con la conducción segura.
La salud mental también es un factor crítico. Enfermedades como esquizofrenia no controlada, trastorno bipolar severo o patologías psiquiátricas graves pueden afectar el juicio, la toma de decisiones y la reacción ante imprevistos, razón por la cual la DGT puede denegar la renovación del carnet.
La diabetes, especialmente cuando se trata con insulina, puede provocar hipoglucemias severas que afectan la concentración y la capacidad de reacción. Los episodios frecuentes de hipoglucemia sin conciencia de los mismos constituyen un riesgo elevado, y la DGT restringirá la renovación del permiso en estos casos.
Enfermedades como la insuficiencia cardíaca avanzada, arritmias graves o antecedentes de infarto presentan riesgos importantes. Eventos repentinos como síncopes o desmayos pueden ser fatales al volante. Por ello, la renovación del carnet puede estar limitada o directamente prohibida según la gravedad de la condición.
Condiciones como apnea del sueño no tratada o EPOC en fases avanzadas pueden provocar somnolencia excesiva y afectar la concentración. La DGT establece que quienes presentan síntomas graves no podrán renovar su permiso hasta que su condición esté controlada y evaluada médicamente.
Enfermedades que afectan la movilidad, como artritis reumatoide severa o esclerosis lateral amiotrófica (ELA), pueden limitar la capacidad de maniobrar correctamente el vehículo.
Pacientes con trastornos oncológicos activos o bajo tratamiento no podrán renovar el carnet hasta que los médicos certifiquen que su estado no afecta la capacidad de conducción. La DGT exige que estos conductores estén libres de síntomas graves y tratamientos que comprometan la seguridad.
Enfermedades como Alzheimer, Parkinson, osteoporosis, distrofia muscular o temblor esencial son consideradas condiciones que pueden interferir con la capacidad de conducir de manera segura. La progresión de estas patologías y su impacto en la movilidad, coordinación y concentración son criterios determinantes en la renovación del carnet.
Algunas condiciones metabólicas también influyen en la aptitud para conducir:
- Hipotiroidismo y problemas de paratiroides: la renovación puede estar limitada entre uno y diez años, según control médico.
- Diabetes insulinodependiente: el permiso se renueva entre uno y cinco años, dependiendo del control glucémico y la evaluación médica.
Éstas son las enfermedades digestivas y renales a las que el organismo de Pere Navarro presta especial atención:
- Trasplante renal: se requiere un mínimo de seis meses desde la operación para renovar el permiso.
- Nefropatía con diálisis: la DGT puede establecer periodos de renovación de uno a diez años, siempre que se certifique estabilidad médica.
Medicamentos
«Los medicamentos, incluso aquellos que no requieren receta médica, pueden afectar significativamente la capacidad para conducir de forma segura. Entre los efectos adversos más comunes se encuentran la somnolencia, disminución de la concentración y alerta, visión borrosa o doble, vértigos, lentitud de reacción, falta de coordinación y mareos. Algunos fármacos específicos, como los utilizados para tratar trastornos del sueño, ansiedad, depresión, epilepsia, Parkinson, migrañas, dolor, demencia, alergias, afecciones oculares, gripe o diabetes, pueden aumentar estos riesgos. Por ello, siempre es recomendable consultar con un profesional sanitario sobre los posibles efectos de cualquier medicación que se esté tomando, incluyendo productos a base de plantas, y leer el prospecto, especialmente la sección “Conducción y uso de máquinas», detalla la DGT.
«Se debe prestar especial atención al inicio del tratamiento, a cambios en la dosis, a la combinación de varios medicamentos, al consumo de alcohol, al cansancio y a la edad avanzada. Es fundamental seguir estrictamente las indicaciones del médico o farmacéutico, no automedicarse y, si se detectan efectos adversos que puedan interferir con la conducción, evitar ponerse al volante. Los conductores profesionales deben ser especialmente cautelosos y comunicar a su médico que necesitan conducir habitualmente, para que se pueda valorar la opción de un tratamiento que afecte lo menos posible su capacidad de reacción y atención en carretera».
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