Los objetos que nunca deberías llevar en el coche: te enfrentas a multas de 30.000 euros
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Al conducir un vehículo, muchas veces damos por sentado que lo importante es tener el coche en buen estado y contar con la documentación necesaria. Sin embargo, hay un aspecto que muchos pasan por alto: los objetos que llevamos dentro del vehículo. No todo vale, y lo que para algunos podría parecer inofensivo o incluso útil, para las autoridades puede ser motivo de una sanción considerable, incluso de tipo penal.
La Dirección General de Tráfico (DGT), junto con los cuerpos de seguridad, realiza inspecciones cada vez más exhaustivas en carretera en busca de elementos que, por su naturaleza o función, puedan suponer un peligro o estén regulados por ley.
Objetos prohibidos que no deberías llevar en tu coche
Es sabido que, durante controles rutinarios de la Guardia Civil de Tráfico, los agentes tienen la potestad de revisar el interior del vehículo si consideran que hay algún indicio sospechoso.
Uno de los casos más graves es el transporte de armas de fuego sin la debida autorización. Llevar una pistola, rifle o cualquier otro artefacto de este tipo sin la correspondiente licencia se considera una infracción grave que puede acarrear sanciones económicas que superan, en muchos casos, los 30.000 euros. Además, si se determina que existe una amenaza potencial para la seguridad pública, el asunto podría derivar en consecuencias penales. Las penas van desde fuertes multas económicas hasta prisión, especialmente si se considera que la posesión del arma tiene fines delictivos.
Pero no sólo las armas están en el punto de mira. Por ejemplo, portar herramientas específicas para la caza furtiva, como trampas o dispositivos de visión nocturna, puede ser motivo de sanción. Estos aparatos, si no se justifica su transporte con la licencia adecuada, son considerados un riesgo. Lo mismo ocurre con equipos destinados a la vigilancia no autorizada, como cámaras ocultas o dispositivos para interceptar señales de comunicación, cuya presencia en el coche puede levantar sospechas y acabar en una multa cuantiosa.
Otro ejemplo poco habitual, pero igual de relevante, es el uso de gafas térmicas, que se utilizan normalmente en el entorno de la caza o la observación a larga distancia. Aunque puedan parecer inofensivas, su presencia en un vehículo sin autorización se puede interpretar como una intención de realizar actividades ilegales. Por lo tanto, llevar este tipo de artículos sin justificación clara y documentada puede derivar en una sanción económica relevante.
Multas
La gravedad de estas infracciones no reside sólo en el tipo de objeto encontrado, sino en el contexto y la intención del conductor. Si bien portar una linterna común no representa ningún problema, el uso de linternas modificadas con haces de luz extremadamente potentes puede representar un peligro si se utilizan en zonas de tráfico o con potencial para deslumbrar a otros usuarios de la vía. En este caso, y según lo establecido por la normativa de seguridad vial, podría interpretarse como una conducta imprudente.
La cuantía de estas sanciones puede variar enormemente. Algunas infracciones administrativas leves podrían costar desde 100 hasta 500 euros. Pero si se trata de una infracción grave (como la posesión ilegal de armas), la sanción superar los 30.000 euros. Y lo más preocupante es que, en algunos casos, estas situaciones se judicializan y se convierten en delitos tipificados en el Código Penal, lo que conlleva penas de prisión o sanciones económicas prolongadas.
Documentos obligatorios en el vehículo
Según la DGT, todos los conductores deben tener en el coche tres documentos fundamentales: el carnet de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de la Inspección Técnica del Vehículo (ITV). En caso de no portar alguno de ellos, se pueden recibir sanciones que, dependiendo de la infracción, pueden llegar a superar los 3.000 euros.
Por un lado, el carnet de conducir es obligatorio en todo momento. Aunque la identificación puede hacerse con el DNI en caso de olvido, esto no evita la multa correspondiente. Por otro lado, la tarjeta de la ITV acredita que el vehículo ha pasado las revisiones técnicas necesarias y cumple con las condiciones de seguridad exigidas. Además de llevar la tarjeta, es obligatorio colocar la pegatina correspondiente en el parabrisas. En cuanto al permiso de circulación, este documento contiene la información esencial del vehículo, como la marca, el modelo y el número de bastidor.
A pesar de que desde 2008 no es necesario llevar la póliza del seguro ni el justificante de pago, los agentes pueden consultar esta información de forma telemática. Si el coche carece de seguro, la multa puede alcanzar los 3.005 euros.
Cabe señalar que la DGT ha puesto a disposición de los conductores la aplicación miDGT, disponible tanto para Android como para iOS, que permite llevar en formato digital todos los documentos obligatorios para circular, como el permiso de conducir, el de circulación y la tarjeta ITV. Sin embargo, aunque estos archivos digitales tienen plena validez legal, las autoridades recomiendan seguir llevando también las versiones físicas.
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