Ni advertencia ni simple multa: el Gobierno confirma que revisará caso por caso y retirará el carné a conductores con infracciones de velocidad acumuladas
El Gobierno sigue en la lucha para bajar los límites de velocidad en las ciudades y carreteras españolas. El pasado mes de marzo registró en el Congreso una proposición de ley para reducir los umbrales por encima de los cuales la infracción administrativa se considera un delito. Todo ello con el objetivo de endurecer la respuesta penal frente a los grandes excesos de velocidad que se producen en las vías y carreteras de nuestro país. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la nueva norma en materia de multas que prepara el Gobierno.
La intención del Gobierno es cambiar el apartado 1 del artículo 379 del Código Penal para reducir los límites de velocidad en España y poder imponer sanciones más duras a los conductores que de forma asidua superan los límites de velocidad. El fin de este cambio de norma es que las multas o pérdida de puntos por exceso de velocidad puedan tener otro tipo de castigo en el caso de los conductores que hayan cometido estas infracciones de forma continua.
Para ello, la intención de esta nueva ley es que los jueces o fiscales puedan revisar los casos y el historial de los conductores que podrían llegar a perder hasta el permiso de conducir en caso de acumular muchas multas por no respetar los límites de velocidad y que esto suponga un peligro para la seguridad vial. Estos excesos reiterados podrían llevar a petición de penas de hasta seis años de cárcel en los casos más extremos de conductores reincidentes. Para ello se tendrá que aprobar esta ley.
El Gobierno y las infracciones de velocidad
En la actualidad, la ley establece que el exceso de velocidad sólo es delito cuando se supera en 60 km/h el límite permitido en las vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. Los nuevos límites por los que apuesta esta norma pasarían de 60 a 50 kilómetros por hora en ciudad y de 80 a 70 km/h en carreteras, mientras que las penas serían las mismas, según la gravedad de los hechos:
- Prisión de 3 a 6 meses
- Multa de 6 a 12 meses
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Retirada del permiso de conducir por tiempo superior a 1 y 4 años.
En declaraciones recogidas por Europa Press el pasado mes de marzo, desde el Gobierno aseguraron que la última modificación del Código Penal en materia de seguridad vial «supuso un paso adelante decisivo en la lucha contra la denominada violencia vial». «Veinte años después de la modificación del Código Penal, es momento de revisarlo y de reducir los umbrales de velocidad por encima de los cuales la infracción se considera delito», afirmaron fuentes socialistas, según recoge este medio.
«De acuerdo con los estudios científicos, un aumento del 1% en la velocidad de circulación produce un aumento del 4% en el riesgo de verse involucrado en un accidente mortal», informaron después de registrar una proposición de ley que quiere endurecer las penas por los excesos de velocidad y especialmente de los conductores reincidentes en esta materia. Ahora podrían perder el permiso de conducir e incluso exponerse a penas de cárcel de hasta seis meses.
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