Lotería de Navidad
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Giro en la Lotería de Navidad: estas personas no podrán cobrar los 400.000 euros del Gordo y es oficial

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad es uno de los acontecimientos más esperados del año en España. Cada año, millones de personas compran décimos con la ilusión de que les toque el Gordo, al cual le corresponden 400.000 euros por décimo (328.000 euros después de impuestos). Sin embargo, lo que muchos desconocen es que no todos los ciudadanos pueden participar legalmente en este sorteo, ni tampoco cobrar un premio en caso de resultar agraciados.

La normativa española es clara al respecto. La Ley 13/2011, de Regulación del Juego, establece una serie de prohibiciones que afectan a determinados colectivos, con el objetivo de proteger a personas vulnerables, evitar conflictos de interés y garantizar la transparencia e integridad del sistema de juego público.

Los españoles que tienen prohibido participar en la Lotería de Navidad

La Ley 13/2011, que regula la actividad del juego en España a nivel estatal, establece en su artículo 6 una serie de prohibiciones para participar en juegos de azar. Según este artículo, «se prohíbe la participación a los menores de edad, a las personas incapacitadas legalmente para gestionar sus bienes por resolución judicial o administrativa, así como a aquellos que se encuentran inscritos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), ya sea por decisión judicial, administrativa o por solicitud voluntaria. Además, la ley también excluye a los directivos, empleados y familiares de los operadores de juegos, tanto directos como indirectos, con el fin de evitar conflictos de interés. Igualmente, se establece que los miembros de la Comisión Nacional del Juego y su personal, junto con sus familiares directos, tampoco pueden participar en estos sorteos, buscando así preservar la integridad y transparencia del sistema».

1. Menores de edad

La ley prohíbe de forma tajante la participación de menores de 18 años en cualquier juego de azar de ámbito estatal. Los puntos de venta están obligados a impedir la venta a menores y pueden ser sancionados si no cumplen con esta obligación.

2. Personas incapacitadas legalmente

También tienen prohibido participar aquellas personas que hayan sido incapacitadas legalmente o cuya capacidad para gestionar bienes esté limitada por resolución judicial.

3. Personas con prohibición judicial de acceso al juego

Existen resoluciones judiciales que pueden imponer la prohibición de participar en juegos de azar como medida accesoria. Las personas afectadas por este tipo de resoluciones no pueden comprar décimos ni participar en sorteos estatales mientras la prohibición esté vigente.

4. Personas inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ)

Este registro incluye a ciudadanos que han solicitado voluntariamente su exclusión del juego, generalmente por problemas de ludopatía, así como a personas inscritas por decisión judicial o administrativa. La inscripción en el RGIAJ implica una prohibición absoluta de participar en juegos de azar de ámbito estatal.

5. Directivos, empleados y personas vinculadas a los operadores de juego

La Ley 13/2011 establece que no pueden participar en los juegos que gestionan o explotan:

Esta prohibición se extiende también a:

La norma impide tanto la participación directa como indirecta, incluso a través de terceras personas físicas o jurídicas.

6. Altos cargos y personal de la Comisión Nacional del Juego

El presidente, consejeros y directores del organismo regulador del juego, así como el personal con funciones de inspección y control, tienen prohibido participar en la Lotería de Navidad.

La restricción se amplía igualmente a sus cónyuges, convivientes y familiares directos en primer grado. El objetivo es evitar cualquier sospecha de trato de favor o uso de información privilegiada.

Todos los premios del sorteo

El primer premio de la Lotería de Navidad, conocido como el Gordo, otorga 4.000.000 euros por cada serie, lo que equivale a 400.000 euros por décimo.  El segundo premio está dotado con 1.250.000 euros por serie, lo que se traduce en 125.000 euros por décimo. También existe un tercer premio, que concede 500.000 euros por serie (equivalente a 50.000 euros por décimo). Asimismo, se reparten dos cuartos premios, cada uno de los cuales ofrece 200.000 euros por serie (es decir, 20.000 euros por décimo). Los ocho quintos premios reparte 60.000 euros por serie, lo que equivale a 6.000 euros por décimo.

Además de los grandes premios, hay una serie de aproximaciones. Para el primer premio, los números anterior y posterior obtienen 20.000 euros por serie (es decir, 2.000 euros por décimo). El segundo premio también tiene aproximaciones, con 12.500 euros por serie para los números anterior y posterior (equivalentes a 1.250 euros por décimo). En el caso del tercer premio, las aproximaciones otorgan 9.600 euros por serie (equivalentes a 960 euros por décimo).

Por otro lado, se asignan 1.000 euros por serie a los 99 números restantes de la centena del primer, segundo y tercer premio, y se ofrecen más premios para ciertos billetes cuyas cifras coincidan con las de los primeros premios. Además, existen 9.999 reintegros de 200 euros por serie para los boletos cuya última cifra coincida con la del primer premio.