El Tribunal de Cuentas archiva la denuncia de Podemos contra Almeida en el ‘caso mascarillas’
Podemos denunció ante el Tribunal de Cuentas a tres cargos de Almeida por el 'caso mascarillas'
A pesar de que los Juzgados no vieron responsabilidad en los dirigentes municipales, Podemos trató de condenarles
El Tribunal de Cuentas ha archivado la denuncia de Podemos contra tres altos cargos del Gobierno municipal de José Luis Martínez-Almeida por la compra de material sanitario en la pandemia del Covid-19. Tal como ha podido saber OKDIARIO, el consejero encargado del caso ha dispuesto este 7 de noviembre «archivar las diligencias preliminares» que afectaban a la coordinadora de Presupuestos Elena Collado; la coordinadora general del Ayuntamiento, Matilde García; y la concejal de Hacienda y Personal, Engracia Hidalgo.
En el escrito de ocho páginas un consejero del Tribunal de Cuentas a propuesta del PSOE tumba la denuncia de Podemos contra las colaboradoras de Almeida por «tres contratos de emergencia (para la adquisición de mascarillas, guantes de nitrilo y test rápidos de anticuerpos), que fueron suscritos por el Ayuntamiento de Madrid para atender a las necesidades derivadas de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19».
La denuncia fue presentada por los morados el 11 de septiembre de 2023. Dos meses después, las pretensiones de los de Ione Belarra han caído en saco roto. Precisamente se impulsó por parte de Roberto Sotomayor, el nuevo líder local de Podemos en la capital a pesar de obtener cero concejales en las elecciones locales del 28M. Este varapalo judicial se suma a que una tras otra vez en el Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, el juez Adolfo Carretero señaló que el equipo de Almeida no participó como cómplices en la posible estafa orquestada por los comisionistas Luis Medina y Alfonso Luceño.
El consejero Diego Íñiguez, ex jefe de gabinete de la ministra Margarita Robles, entiende que los contratos son legales. «La excepcionalidad de la tramitación de emergencia exige la concurrencia, acreditada y comprobable, de los acontecimientos catastróficos, de las situaciones que supongan grave peligro, o de las necesidades que afecten a la defensa nacional» y precisamente en «enero de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) había declarado que la situación del coronavirus suponía una emergencia de salud pública de importancia internacional».
A partir de ese momento, las Administraciones públicas españolas, como reconoce el Tribunal, «adoptaron una sucesión de medidas orientadas a proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos, contener la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública». En el ámbito contractual, tales medidas se recogieron en un Real Decreto, de marzo de 2020, vigente hasta su derogación en 2021, por el que se adoptaron medidas urgentes para responder al impacto económico. Ahí se admitía la contratación de emergencia.
La vulneración de la normativa reguladora de la contratación del sector público «no genera por sí sola responsabilidad contable, sino que deben concurrir también los demás requisitos legalmente exigidos para este tipo de responsabilidad jurídica y, muy especialmente, el que se hubiera producido un menoscabo en los fondos públicos», recuerda el consejero Íñiguez.
Así, el documento que tumba la nueva denuncia de Podemos a Almeida por el caso mascarillas admite que, tal como expone la letrada del Ayuntamiento de Madrid, con base a documentos aportados, «no se ha producido menoscabo alguno, efectivo y debidamente cuantificado en los fondos municipales».
«En marzo de 2020 era imposible fijar cuál era ‘el precio de mercado’ de las mercancías destinadas a afrontar la crisis sanitaria. Por consiguiente, no se puede determinar un sobre coste susceptible de originar un saldo deudor injustificado según marca la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas», agregan.
Explicaciones del Consistorio
Además, el equipo de Almeida alegaba para desmontar el caso Mascarillas denunciado por Podemos que «no se ha producido un incumplimiento o cumplimiento defectuoso de lo contratado». En primer lugar, los defectos apreciados en los productos suministrados de guantes de nitrilo (escasa longitud) se han compensado con una reducción del precio acordado. En segundo lugar, los test de detección rápida de antígenos (3 lotes con diferentes niveles de sensibilidad de 94%, 80% y 66,7 %), no resultaron totalmente inservibles (se utilizaron 2 lotes). Además, no se había contratado un nivel determinado de fiabilidad a partir del cual resultara eficaz el test.
La Fiscalía, a la vista de las alegaciones y de la documentación aportada por el Ayuntamiento de Madrid, solicitó el archivo de las presentes diligencias, porque considera que «no se ha producido un alcance en los fondos del Ayuntamiento de Madrid».
En consecuencia, el consejero entiende que «procede el archivo» del caso mascarillas impulsado por Podemos contra Almeida, dado que «los hechos que dieron origen a estas diligencias no revisten los caracteres de alcance, y quienes tienen la legitimación activa para ejercer las pretensiones de responsabilidad contable en esta jurisdicción (el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Madrid) no han solicitado el nombramiento de delegado instructor».
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