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El Supremo rechaza el indulto a García Ortiz: «No hay razones de justicia, equidad o utilidad pública»

Tumba así la iniciativa promovida por la asociación de fiscales que presidió el condenado

El Tribunal Supremo ha rechazado el indulto al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz, condenado a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de datos reservados cometido para perjudicar políticamente a la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Sentencia que no existen «razones de justicia, equidad o utilidad pública».

La petición de indulto fue promovida por varios ciudadanos, entre ellos un fiscal jubilado de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), la asociación que presidió el condenado y su sucesora en el cargo, Teresa Peramato. Asociación que también se movilizó recogiendo firmas para el indulto.

La Sala de lo Penal destaca en su informe que «los hechos fueron graves» y han producido «una afectación importante de la institucionalidad del Ministerio Público por la relevancia de su función, como promotor de la Justicia, garante de la independencia judicial y del ejercicio de los derechos de los ciudadanos de acuerdo a la legalidad».

Añade que «la contravención de la norma referida al mantenimiento del secreto y confidencialidad de sus actuaciones es un hecho grave, que, declarado en sentencia firme, debe ser ejecutado, aunque sea con una consecuencia jurídica de escasa relevancia».

El Supremo insiste, además, en la sustancial falta de contenido del indulto que se solicita. En este sentido, los magistrados recuerdan que «se indultan las penas, no el delito. Y no se indultan las penas ya cumplidas, sino sólo las que están en ejecución (artículo 4 de la Ley de Indulto)», por lo que en este caso, «sólo pende de ejecución la pena impuesta de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado».

Y como García Ortiz hizo la jugada sibilina de cesar como fiscal general del Estado antes de que lo cesara el Supremo, la pena es de imposible ejecución, ya que fue inhabilitado para el ejercicio de ese concreto cargo. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 9 de diciembre el Real Decreto por el que Pedro Sánchez lo cesó, a petición del condenado. Y ello «agradeciéndole los servicios prestados». Cabe preguntarse qué servicios ha prestado para que se los agradezca el Ejecutivo de forma expresa.

En consecuencia, la Sala, por mayoría, resuelve informar desfavorablemente a la petición de indulto. Y subraya que los proponentes del derecho de gracia no justifican en modo alguno, ni informan, sobre razones de justicia, equidad y de utilidad pública que aconsejaran la medida de gracia.

Ahora, el tribunal envía su informe a la presidenta del Tribunal Supremo para que sea remitido al Ministerio de Justicia a los efectos oportunos.

El informe ha sido dictado este jueves por el tribunal de la Sala de lo Penal que condenó al ex fiscal general, compuesto por los magistrados Andrés Martínez Arrieta (presidente y ponente), Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Manuel Marchena Gómez, Antonio del Moral García, Susana Polo García y Carmen Lamela Díaz. 

Un indulto no le libra de la indemnización

Un indulto del Gobierno de Pedro Sánchez al ex fiscal general del Estado a las penas que le han sido impuestas no le libraría de pagar los 10.000 euros de indemnización a Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ya que la responsabilidad civil no se indulta jamás.

Así lo dispone el artículo 6 de la Ley de gracia, de 18 de junio de 1870, el cual señala que «el indulto de la pena principal llevará consigo el de las accesorias que con ella se hubiesen impuesto al penado, a excepción de las de inhabilitación para cargos públicos y derechos políticos y sujeción a la vigilancia de la Autoridad, las cuales no se tendrán por comprendidas si de ellas no se hubiese hecho mención especial en la concesión».

Y añade que «tampoco se comprenderá nunca en ésta la indemnización civil», que es el citado extremo por el que no se libraría de abonar la indemnización en caso de indulto. Lo único que se hubiera podido quitar era la multa de 7.200 euros siempre que no estuviera abonada total o parcialmente. Una vez que se ingresa en las arcas del Estado, como ocurre en este caso, no se puede devolver.

Por tanto, aunque la UPF se haya movilizado pidiendo firmas para el indulto, no va a resultar al condenado una solución eficaz. Por ello, García Ortiz ha recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional, cosa que también ha hecho la Fiscalía, que también ha apoyado un indulto parcial penado, en concreto respecto a la pena de inhabilitación.

Tanto la indemnización como la multa fueron abonadas con fondos procedentes de aportaciones voluntarias cuya canalización y coordinación también fue asumida por la UPF.

Filtración del correo y difusión de la nota

El Tribunal Supremo condenó a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de datos reservados (artículo 417.1 del Código Penal) por la filtración del correo electrónico del abogado de Alberto González Amador y por la difusión de una nota informativa de la Fiscalía para perjudicar políticamente a Ayuso.

El Alto Tribunal considera probado que García Ortiz filtró a un periodista de la Cadena SER el correo electrónico del 2 de febrero de 2024 en el que el abogado de González Amador reconocía ante la Fiscalía la comisión de dos delitos contra la Hacienda Pública y proponía un pacto de conformidad.

La sentencia supone un hito sin precedentes en la historia judicial española, al ser la primera vez que un fiscal general del Estado en activo es condenado por un delito cometido en el ejercicio de sus funciones. García Ortiz ejerce ahora en la Fiscalía de lo Social en el Supremo.

Purga y ascensos

Como ha informado recientemente OKDIARIO, la fiscal general del Estado, Teresa Peramato, ha fulminado a la fiscal jefe superior de Madrid, Almudena Lastra, quien atribuyó a García Ortiz la filtración. En su lugar, ha colocado a María Isabel Martín López, quien formaba parte de la Secretaría Técnica desde 2018 y venía ocupándose de la planificación de los cursos de formación del Ministerio Fiscal.

Este dedazo de Peramato se produjo el pasado 30 de abril en el Consejo Fiscal, donde se decidióuna nueva tanda de nombramientos. También ha ascendido a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien entregó los correos del novio de Ayuso a García Ortiz y estuvo investigada junto a él. Ahora será fiscal de lo Social del Tribunal Supremo.

Más aún, la mujer del fiscal general condenado, María Pilar Fernández Pérez, ha sido ascendida a teniente fiscal de la Fiscalía de Galicia. Así, ha dejado la Fiscalía de Menores en Madrid para volver a Galicia.