El Supremo confirma la condena al ex marido de Oltra por abusar de una menor tutelada
El Alto Tribunal ha deliberado hoy sobre el marido de la que fuera vicepresidenta de la Comunidad Valenciana
Tres magistrados de la Sala de lo Penal han estudiado el caso de la menor tutelada que sufrió abusos en un centro público
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 5 años de cárcel al ex marido de la ex vicepresidenta y ex consejera de Igualdad del Gobierno valenciano, Mónica Oltra, por abusar sexualmente de una menor tutelada en un centro de Valencia. Así, los magistrados Pablo Llarena, Vicente Magro y Ana Ferrer, esta última ha sido la ponente, han denegado la petición del condenado de repetir el juicio para que declare la víctima nuevamente.
Hay que recordar que el ex marido de Oltra, Ramírez Icardi, fue condenado en noviembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Valencia a la pena de 5 años de prisión por un abuso a una menor de 16 años sin acceso carnal con el agravante de superioridad, por él era monitor en el centro donde la joven residía y en el que se produjeron los abusos.
Según recogía el fallo, la joven estaba acogida en un centro de Valencia donde él trabajaba como educador. Cuando estaba en turno de noche, acudía a la habitación de la adolescente en los momentos en que estaba castigada por mal comportamiento y le daba masajes en el cuello para que pudiera dormirse.
Los hechos ocurrieron entre 2016 y 2017, cuando la menor tenía entre 14 y 15 años. Varias veces, y pensando que estaba dormida, le cogió la mano y se masturbó con ella, tal y como dio por probado la Audiencia de Valencia. Durante el juicio, él negó los abusos pero reconoció que en ocasiones estaba a solas con la niña.
Informes psicológicos a la menor
La táctica del ex marido de Oltra, según recogen los informes elaborados por psicólogos, consistía en que «una noche que creía que ella estaba durmiendo le empezó a hacer masajes por la espalda». La menor también dice en algún momento de las entrevistas que «el único educador con el que se llevaba bien era con Luis, que les daba caramelos y chucherías» y él (Luis Ramírez) «le decía que se tenía que portar bien». En la tercera y última entrevista vuelve a hacer una afirmación similar: «Preguntada qué tal se llevaba con Luis dice que le caía bien porque le daba chuches» y «porque antes le leía cuentos».
La psicóloga explica en su informe que «considerando la poca colaboración y los escasos detalles que ofrece sobre los episodios de abusos se le realizan preguntas directas aclaratorias para intentar concretar lo ocurrido, aunque este tipo de preguntas no son propias de la metodología empleada en la valoración de estos casos».
Todo ello a pesar de que la niña da pelos y señales de cómo se producen los abusos, dónde, las horas a las que ocurren, «sobre las 00:30 horas y las 01.00 horas entraba en su habitación». La menor incluso accede a explicar cómo duerme, cómo iban ambos vestidos cuando ocurrieron los hechos y si hacía frío o calor. Es cierto que no sabe precisar días exactos y es reticente a dar largas explicaciones, pero cuando fue entrevistada tenía 14 años.
Recurso
Frente a la condena, la defensa presentó un recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que fue desestimado.
El TSJ vio la sentencia de la Audiencia Provincial «totalmente correcta» tanto por lo que se refería a la valoración de la prueba como a las consecuencias de índole jurídica que ligaba a los hechos previamente aceptados como probados.
Ahora, ha recurrido a una instancia superior, el Tribunal Supremo, para decida si se ordena repetir el juicio o no, como reclama el condenado.
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