España
PODEMOS PIERDE EL JUICIO ANTE OKDIARIO

Casoplón, Granadinas y pagos de Irán y Venezuela: todos los casos que ha perdido Iglesias contra Inda

Pablo Iglesias e Irene Montero han perdido todos los casos judiciales contra OKDIARIO y su director, Eduardo Inda. La primera demanda llegó tras desvelar este periódico, en mayo de 2016, que la narcodictadura de Venezuela pagó 272.325 dólares al ex líder de Podemos en una cuenta a su nombre en el banco Euro Pacific del paraíso fiscal de Islas Granadinas. Y el último varapalo judicial se ha conocido este miércoles, después de que el juez absolviera al periodista Alejandro Entrambasaguas y a OKDIARIO denunciados por Pablo Iglesias e Irene Montero por investigar si llevaban a sus hijos a una guardería ilegal ubicada en el municipio madrileño de Galapagar.

Son seis años de pleitos que resumimos a continuación y en los que la Justicia siempre ha dado la razón a la investigación periodística.

Los pagos en Islas Granadinas

La información de OKDIARIO sobre el pago de 272.325 dólares de Nicolás Maduro a Iglesias desde el paraíso fiscal de Islas Granadinas fue «veraz, contrastada en fuentes policiales, alejada de una mera invención, de interés general y ajustada a la doctrina del Tribunal Supremo». Así de contundente se manifestó la titular del Juzgado de Primera Instancia número 84 de Madrid en la sentencia que desestimó la demanda del entonces secretario general de Podemos contra este diario al no entender vulnerado su derecho al honor. La magistrada condenó a Iglesias al pago de las costas del procedimiento judicial.

Para la juez Gladys López Manzanares prevaleció en todo momento el derecho a la información sobre el derecho al honor: «La difusión de una investigación policial sobre la existencia de una cuenta a nombre del demandante en un banco offshore, con sede en un paraíso fiscal, y su relación con la orden de pago y autorización del mismo realizados por autoridades venezolanas no suponen sin más un ataque al honor del demandante». Y señaló: «En el momento de publicarse la noticia su contenido y contraste con las fuentes eran suficientes…. y, aunque la investigación policial no finalizara no significa que los hechos no tuvieran veracidad necesaria para justificar la publicación, una vez contrastados no con una sino con varias fuentes».

Los abogados de Iglesias decidieron recurrir la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid lo que supuso una nueva derrota para el ex vicepresidente del Gobierno. Los magistrados de la Sección Octava de la Audiencia Provincial Civil de Madrid señalaron que los periodistas y el director de OKDIARIO «actuaron de forma escrupulosa en el ejercicio del derecho a la libertad de información y de expresión». Y concluyeron que las informaciones sobre el lucro de Iglesias de las arcas del régimen venezolano son veraces.

Iglesias pedía entonces una compensación económica de 250.000 euros para silenciar a OKDIARIO, pero tanto en primera como en segunda instancia, el dirigente de Podemos no sólo no obtuvo esa satisfacción monetaria sino que, además, fue condenado en costas a pagar 30.000 euros que todavía no ha abonado por haber recurrido al Supremo. Los abogados podemitas se confabularon con los fiscales anticorrupción Miguel Serrano e Ignacio Stampa –entonces ambos representantes del Ministerio Público en el caso Villarejo– para paralizar el recurso de casación en el Alto Tribunal que por el momento está pendiente de resolverse.

La exclusiva del casoplón

Iglesias y Montero también interpusieron una denuncia contra OKDIARIO y Eduardo Inda por desvelar que se habían comprado un casoplón de más de 600.000 euros en La Navata (Galapagar). La pareja podemita acusó a este periódico de «coacciones, acoso y hostigamiento» y volvió a estrellarse en los tribunales.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Collado Villalba archivó la denuncia al entender que no se había incurrido en los delitos expuestos por los denunciantes. La magistrada explicó que «tras examinar la documental aportada, compuesta fundamentalmente por las publicaciones difundidas, y tras la práctica de las diligencias esenciales para comprobar los hechos objeto de denuncia, las conductas llevadas a cabo por los denunciados carecen de base suficiente para encajar en los tipos penales descritos, toda vez que las publicaciones realizadas se limitan a poner en conocimiento un hecho noticiable de relevancia, teniendo en cuenta la condición de personas que ejercen una profesión de transcendencia pública como son los denunciantes, dada su vinculación al partido político que militan». La pareja de Galapagar recurrió la resolución ante la Audiencia Provincial de Madrid que ratificó el sobreseimiento.

Se financiaron de Irán y Venezuela

En enero de 2022 llegó otra resolución. El ex líder de Podemos perdió una vez más en un juicio contra el director de OKDIARIO por afirmar que el partido morado se había financiado de las dictaduras de Venezuela e Irán. La magistrada entendió que no se vulneró el honor de Iglesias y le condenó en costas.

Pablo Iglesias anunció en plena campaña electoral que emprendería «acciones legales» contra Inda por su intervención en El Programa de Ana Rosa, cuando en el espacio de Tele 5 se comentaba el vídeo electoral de Podemos –difundido por los morados durante la campaña para los comicios de la Comunidad de Madrid del 4 de mayo– poniendo en la diana a varios periodistas críticos, entre ellos el director de este periódico.

«Una gente que señala a periodistas, una gente que pide que una persona inocente como yo vaya a la cárcel, es gentuza, es chusma», afirmó el director de OKDIARIO. Y añadió: «Algún día los medios de comunicación tendrán que reflexionar lo que ha sido durante los últimos siete años la promoción constante de este personaje, de su partido, cuando es un partido antidemocrático, un partido financiado por dos dictaduras. Por la venezolana, que asesina a los disidentes y a la gente que no comulga con ellos. Y por la dictadura iraní, que cuelga a homosexuales por el hecho de serlo y que lapida a mujeres».

Según el entonces líder de Podemos, «el silencio de la presentadora [Ana Rosa Quintana] mientras, entre insultos, [Eduardo Inda] nos acusaba falsamente de delitos gravísimos, simplemente revela lo que es la ultraderecha mediática», aseguraba Iglesias en las redes sociales en las que anunciaba que emprendería acciones legales contra Inda.

Sin embargo, los vínculos laborales y económicos de Pablo Iglesias con la Venezuela chavista y la teocracia iraní están de sobra acreditados. Por esta razón, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 33 de Madrid desestimó la demanda contra Eduardo Inda.

La juez subrayó en la sentencia: «Las declaraciones efectuadas por el Sr. Inda, en el marco de una opinión relacionada con las conductas políticas relacionadas con una etapa reciente relativas a la supuesta percepción de fondos procedentes de Venezuela e Irán, que ha generado un gran debate no solo en el marco político sino que ha alcanzado al ámbito judicial (…) que supone, en definitiva, que las manifestaciones vertidas por el Sr. Inda lo sean en el ejercicio de la libertad de expresión».

Acoso ‘fake’

La última resolución ha llegado este miércoles. El juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid ha absuelto al periodista de OKDIARIO Alejandro Entrambasaguas, denunciado por el ex vicepresidente del Gobierno y la ministra de Igualdad, Irene Montero, por investigar si llevaban a sus hijos a una guardería ilegal ubicada en el municipio madrileño de Galapagar. El juez, David Maman Benchimol, entiende que «la actuación del acusado no constituyó un delito, pues ni los actos por sí mismos, ni por la forma en que fueron ejecutados, ni por su número, ni por el lapso temporal en que se realizaron permiten considerar la existencia de hostigamiento, aunque los mismos generasen una inquietud muy relevante tanto a la cuidadora como a los padres de los menores».

El periodista Alejandro Entrambasaguas defendió durante el juicio celebrado la semana pasada que su único objetivo era investigar la supuesta «guardería ilegal» de la que hacían uso Iglesias y Montero. Entrambasaguas acreditó ante el juez que la cuidadora, que se promocionaba en internet como «madre de día» (una modalidad de niñera) no estaba dada de alta en la Comunidad de Madrid, tal y como exige el reglamento que rige esta figura de la Consejería de Familia y Política Social. Al no estar autorizada, la cuidadora ejercía su labor al margen de la legalidad.