El juez ratifica el procesamiento de los acusados en el caso de prostitución de menores ’18 lovas’
El magistrado se alinea con la posición de la Fiscalía, que se mostró contraria a los recursos el pasado 29 de noviembre
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El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Rafael Passaro Cabrera, ha confirmado el auto de procesamiento del caso 18 lovas, en el que están encausadas seis personas por prostitución de menores. El juez ha dado traslado del sumario a la Audiencia Provincial de Las Palmas y ha emplazado a las partes para que presenten sus escritos de calificación.
El instructor rechaza de esta manera los recursos presentados por las defensas, aunque ante esta decisión aún caben nuevos recursos en el plazo de cinco días, según consta en los propios autos de ratificación fechados el pasado 1 de febrero.
Los procesados son Agustín Alemán Barreto, alias Yino (el presunto cabecilla de la trama), imputado por 24 delitos de prostitución de menores, dos delitos de agresión sexual y otros dos de trato degradante; Eugenio Hernández León, acusado de 14 delitos de prostitución de menor de edad y uno de incitación a la prostitución de menor de edad, así como de Emilio Cabrera Caballero, con siete delitos de prostitución de menores; Domingo Hernández Tarajano, con cuatro delitos de prostitución de menores; Eustasio López González, presidente del Grupo Lopesan, con dos delitos de prostitución de menores; y Antonio Dascenzo, con un delito de prostitución de menor de edad. El juez también ha rechazado varios recursos de dos víctimas, en este caso de las números 11 y 22.
Con su decisión, el magistrado se ratifica en el procesamiento de las seis personas investigadas, asumiendo los criterios del fiscal y sin tener en cuenta ninguna de las aportaciones de los imputados en su descargo, así como versiones que podrían llegar a ser exculpatorias por parte de algunas de las víctimas.
En el auto que rechaza el recurso de Eustasio López, el juez considera que «sí se advierten indicios que permiten sustentar el procesamiento», aunque eso no quiere decir que haya «valor probatorio» en lo que ha llevado a su procesamiento.
Esta cuestión se dirimirá en el juicio oral: «No es función del auto de procesamiento apreciar el valor probatorio de los medios de prueba que han conformado el acervo indiciario que ha conducido al procesamiento, sino constatar que, efectivamente, éste concurre y apunta en la misma dirección inculpatoria. Será tras el juicio oral que el órgano de enjuiciamiento y a la vista de la acusación que eventualmente se formule efectúe dicha valoración».
La defensa de López pidió la nulidad del auto de procesamiento aduciendo que acudió a la fiesta referenciada en el caso sin conocimiento de la contratación de la agencia 18 lovas y de las 9 chicas, entre las que se encontraban dos menores de edad, de 17 años, que no se presentan como acusación.
Rechazo de los recursos de la defensa
De esta forma, el caso continúa para juicio después de que la Fiscalía se posicionara también en contra de los recursos el pasado 29 de noviembre en un escrito al Juzgado en el que, sobre el caso específico de López, aseguró que se oponía «a dicho sobreseimiento al considerar que de la investigación practicada (testificales, intervenciones telefónicas, fotografías) se desprende que este investigado, en compañía del investigado Eugenio Hernández León, con contraprestación económica prostituyeron a varias mujeres jóvenes, estando en este grupo dos menos de edad».
«Por todo lo anterior, visto el resultado de las diligencias practicadas en la instrucción y la naturaleza de los delitos y las penas que llevan aparejadas, se interesa la continuación del mismo por los trámites previstos para el procedimiento sumario ordinario», asegura la Fiscalía.
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