Illa se niega a destituir a un alto cargo de la Generalitat implicado en un caso de «desviación de poder»
La Generalitat dice que el afectado "ha visto satisfechas" sus pretensiones pese a no recibir reparación
El alto cargo destituyó en la práctica a dos funcionarios tras quejararse formalmente de su superior
El Govern de la Generalitat de Salvador Illa se niega a destituir a Joan Turró, alto cargo por cuya actuación la Administración fue condenada por «desviación de poder». Pese a esa sentencia, el dirigente socialista nombró a Turró como miembro de la comisión de expertos para regenerar la Administración. El Ejecutivo catalán asegura que «los hechos que dieron lugar a los procedimientos judiciales no son impedimento» para que ejerza su puesto actual.
Entre 2003 y 2006, Turró era secretario general del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña. Entonces, firmó un documento para trasladar a dos funcionarios que, previamente, habían denunciado «órdenes abusivas, maltrato verbal, mala educación y prepotencia de la jefa del servicio». La resolución del alto cargo justificaba mover de departamento a estos trabajadores basándose en «razones o necesidades del servicio».
Los dos afectados denunciaron sus traslados ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo y, finalmente, acabó con una condena contra la Administración catalana por «desviación de poder».
Casi dos décadas después, el Ejecutivo de Illa no tuvo en cuenta aquella sentencia y nombró a Turró como uno de los 12 expertos de una comisión «que pilotará el plan de reforma de la Administración y la mejora de los servicios públicos».
Uno de los afectados, Xavier Paluzié, no guardó el caso en un cajón. El funcionario lo elevó hasta el defensor del pueblo catalán, el Síndic de Greuges. Este organismo defendió al trabajador ante el Comité Asesor de Ética Pública, dependiente de la Consejería de Presidencia encabezada por el socialista Albert Dalmau.
No impide «nuevas responsabilidades»
Finalmente, el Comité concluyó que «los hechos que dieron lugar a los procedimientos judiciales no son impedimento» para que Turró sea nombrado «para nuevas responsabilidades». A ojos de esta entidad dependiente de la Generalitat, en nada influye en su futuro en la Administración que los funcionarios ejercieran en ese momento «funciones como cargo de mando o como alto cargo» cuando tuvo lugar la desviación de poder.
Además, el organismo de Presidencia asegura que «la tutela judicial ha sido efectiva y la persona interesada ha podido garantizar sus derechos y ha visto satisfechas parcialmente sus pretensiones ante la justicia». Es decir, el Comité Asesor de Ética Pública considera que la sentencia se ha ejecutado correctamente.
Sin embargo, la realidad es que, pese a que los tribunales anularon las destituciones mediante sentencia firme, los funcionarios no pudieron recuperar sus puestos. ¿El motivo? La Generalitat eliminó sus cargos y, por tanto, la sentencia se consideró «ejecutada», pero sin resarcir a los afectados.
Por otro lado, el Comité de Ética asegura que, pese a que la «desviación de poder» se haya constatado, «no existe abuso de poder». E indica que «tampoco puede atribuirse a las personas que en aquel momento tenían la responsabilidad como cargo de mando o como alto cargo la calificación de personas no íntegras». «De hecho, las sentencias judiciales no identifican ninguna responsabilidad personal», subraya.
Sin atribución personal
Pese a que la sentencia no atribuya los hechos enjuiciados a personas concretas, Turró firmó un documento en el que «dejaba sin efecto la comisión de servicio» de dos funcionarios de la administración, uno de los cuales era Xavier Paluzie. Es decir, la acción que efectivamente les retiraba de un cargo que ocupaban de forma interina.
Ese movimiento coincidió en el tiempo con la denuncia presentada por esos dos funcionarios contra la responsable del departamento donde estaban destinados. Ambos se quejaron de que su superior era responsable de «órdenes contradictorias absurdas y abusivas, maltrato verbal, mala educación y prepotencia de la jefa del servicio».
La resolución de Turró justificaba cambiar a estos funcionarios de departamento basándose en «razones o necesidades del servicio». Sin embargo, el juez refleja en su sentencia: «Ya sería casualidad que las funciones del recurrente dejaran de ser necesarias en ese preciso momento, después de seis años de ser imprescindibles».
Ahora, el Comité de Ética concluye que para protegerse ante este tipo de hechos ya «existe un marco de integridad más institucionalizado» con «una serie de instrumentos que previenen y disuaden de conductas impropias».
«Efecto institucional y profesional»
Esta respuesta anticipa el cierre de un caso por el que el Paluzié lleva casi dos décadas peleando sin que la administración le haya reparado por aquellos hechos en los que se constató «desviación de poder».
El afectado lamenta que esta decisión «legitima los nombramientos posteriores de los responsables sin valorar su idoneidad ética». Además, se duele de que no se han tomado medidas para «corregir los efectos institucionales y profesionales derivados de los hechos declarados ilícitos».
Paluzié no se rinde y ha presentado ahora la solicitud para que se produzca un «pronunciamiento formal y motivado de Presidencia» sobre las cuestiones planteadas. El afectado subraya que «dada la naturaleza de las cuestiones» la Presidencia de la Generalitat debe dar una respuesta. Concretamente, según el que fuera trabajador de la Administración, se ha visto afectado «los principios de buen gobierno» y ha habido una «persistencia de efectos institucionales no reparados».
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