Cuatro jueces tumban la petición del hermano de Sánchez de no ser investigado: «No hay indefensión»
La Sala deliberó el pasado 29 de octubre
«No hay indefensión», con estas palabras, cuatro jueces de la Audiencia Provincial de Badajoz avalan, una vez más, la investigación que se sigue sobre el hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez. Según un auto al que ha tenido acceso en primicia OKDIARIO, los magistrados José Antonio Patrocinio, Emilio Francisco Serrano, María Dolores Fernández y José Antonio Bobadilla desestiman el recurso de apelación interpuesto por la defensa del hermano de Sánchez en contra de que la UCO incautara los correos electrónicos en los que se fraguó su contratación laboral, que está siendo objeto de investigación judicial. La Sala deliberó el pasado 29 de octubre tumbando por unanimidad el último intento del hermano de Sánchez para frenar el procedimiento.
El hermano músico del presidente del Gobierno fue contratado por la Diputación de Badajoz como jefe de la Oficina de Artes Escénicas con un elevado sueldo público. Los incumplimientos contractuales, así como las irregularidades en torno a su contratación y su misteriosa declaración de ingresos han sido denunciadas en el juzgado. La juez Beatriz Biedma ha admitido a trámite la denuncia y ha abierto una investigación por los presuntos delitos de prevaricación, tráfico de influencias, malversación y fraude fiscal. El hermano de Sánchez permanece en el procedimiento en calidad de investigado y ha confiado su defensa al abogado Emilio Cortés, que está recurriendo las decisiones que acuerda la juez.
El último recurso planteaba un problema de plazos para llevar a cabo distintas diligencias en el marco de investigación. Su defensa sacaba a colación el art. 184.1 LOPJ en cuanto señala que todos los días del año son hábiles para la instrucción y así ha de distinguirse entre actos propios del órgano jurisdiccional y el cómputo de plazos procesales para las partes que no deben incluirse los actos de comunicación con las partes o formulación de recursos. De este modo, se interpuso un recurso de apelación a instancias superiores para tratar, una vez más, de entorpecer la instrucción.
La Sala ha tumbado la petición del hermano de Sánchez. «No existe razón alguna para no decidir sobre lo solicitado en la forma propuesta y admitida, pues ninguna nulidad se ha alegado de que pueda conocer a esta sala, ni indefensión de ningún tipo en la tramitación, dilatada no obstante por mor de la tramitación escogida», esgrimen los magistrados en el auto al que ha tenido acceso OKDIARIO. Y prosiguen: «No puede compartirse la tesis que sustenta contra el tenor de esta doctrina el auto que desestima la previa reforma cuando alude a Circulares de Colegios de Procuradores, que no tienen evidentemente el carácter de doctrina jurisprudencial y no son fuente del Derecho».
Investigación al hermano de Sánchez
La defensa de David Sánchez también hacía alusión al parón estival del mes de agosto en el que se siguió con la investigación, ya que la juez estaba de guardia. «El derecho al descanso que se invoca por el letrado es difícilmente compatible con la actividad procesal constante de presentación de escritos en el mismo mes de agosto, con lo que no es argumento aplicable a este caso», explican los magistrados.
Y matizan los jueces: «Tampoco compartimos que la instrucción haya sido compendiada intencionalmente y sin criterio alguno en el servicio de guardia del juzgado, pues, por otro lado, es lógico si la propia instructora ha estado al frente del juzgado ese periodo y, en cambio, en periodo vacacional el resto del mes. No es, pues, que no haya existido actividad judicial de tramitación de recursos durante el mes de agosto, sino todo lo contrario.»
Precisamente, durante este mes de agosto, la juez que investiga a David Sánchez puso en marcha la tramitación de una pieza separada que se declaró inicialmente secreta. La instructora tomó esta decisión debido a una autorización judicial de injerencia en los correos electrónicos del hermano de Sánchez y de los altos cargos de la Diputación socialista que intervinieron en su fichaje. Estos funcionarios de la Administración pacense también recurrieron los registros de la UCO en los que intervinieron sus buzones de correo electrónico.
Los tribunales no han avalado estas pretensiones. «No constituye motivo de nulidad al no haberse producido como decimos indefensión material alguna», esgrime la Sala, respaldando de nuevo la investigación que se lleva a cabo en el Juzgado de Instrucción 2 de Badajoz.
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