Guardia Civil

El Consejo de Estado avala que la Guardia Civil prohíba los tatuajes en cabeza, cuello y manos

Guardia Civil tatuajes
Un guardia civil con un tatuaje en el brazo.

El Consejo de Estado ha avalado la normativa de la Guardia Civil que prohíbe que los agentes pueden exhibir tatuajes en cabeza, cuellos y manos. Esta misma normativa regula que los agentes puedan tener tatuajes, siempre y cuando respeten los valores constitucionales y no se luzcan en las partes del cuerpo antes mencionadas. El Consejo de Estado ve «prudente» el plazo de un año para eliminar los tatuajes prohibidos y defiende que el aspecto del agente no pueda «inducir a error» para que no compromete la «seguridad jurídica» en la atención al ciudadano.

«Entiende el Consejo de Estado que los cometidos de los guardias civiles como agentes de autoridad resultan contrarios a exhibir tatuajes en determinadas zonas de primera visibilidad (cara, cuello, manos), lo que puede afectar negativamente a la imagen de la Guardia Civil, pudiendo parecer extraño e incluso indecoroso a los ciudadanos, además de contraproducente para el desempeño de determinados servicios de investigación», señala la resolución.

El dictamen incluye un voto particular y respalda el Real Decreto que regula el uso general del uniforme puesto que «no aprecia que pueda hallarse una vulneración de derechos fundamentales» y además cumple con los requisitos legales, entre ellos atender a las exigencias de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas.

«Ambientes delincuenciales»

El Consejo de Estado alude a un informe realizado por el Gabinete Técnico de la Guardia Civil que sostiene que determinadas organizaciones criminales se sirven de los uniformes del Cuerpo para llevar a cabo actividades delictivas y que «hasta hace no mucho tiempo la cultura del tatuaje se vinculaba a ambientes carcelarios o delincuenciales».

«Son distintivos personales que podrían poner en riesgo la seguridad jurídica de la fuerza actuante al ser identificados», destaca para luego reconocer que exista la «evolución a una nueva realidad social a la que no se puede mostrar ajena la Guardia Civil». Por lo tanto, esta norma, según el dictamen, puede «prohibir que presenten tatuajes en manos, cabeza y cuello».

La norma prohíbe cualquier tipo de tatuaje contrario a los valores constitucionales o que pongan en cuestión la neutralidad política y sindical de la Guardia Civil. La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) planteó ante el Consejo de Estado su queja por el plazo de un año para eliminar aquellas inscripciones visibles en cuello, manos y brazos, alegando que «puede suponer la necesidad de someterse a una intervención que puede acarrear riesgos de salud graves, además del coste que representa».

Un año para eliminarlos

El sindicato mayoritario de agentes centró sus críticas en una disposición transitoria de la norma que recoge que cualquier guardia civil que tenga tatuajes en manos, cuello o cabeza «deberán ocultarlos por completo cuando vistan el uniforme, concediéndose el periodo de un año para su completa eliminación».

El Consejo de Estado asegura que el plazo de un año es «prudente y amplio» para eliminar los tatuajes prohibidos sin que haya «desbordamiento de la potestad reglamentaria ni contrariedad a derechos preexistentes o fundamentales». Sin embargo, considera que no se debe aplicar este criterio al proceso de selección ya iniciado en la Guardia Civil en el presente año y, de esta forma, «sortear cualquier género de duda sobre la aplicabilidad de la nueva ordenación».

Por ello, este organismo plantea un texto alternativo para la disposición, de forma que recoja que «resultará de aplicación tanto al personal en activo como a quienes a la fecha de su publicación se hallen participando en pruebas selectivas de acceso». El voto particular, que firma José Luis Manzanares Samaniego, precisamente se detiene en este aspecto: «La cuestión es determinar lo que procede hacer en tanto el tatuaje no haya podido ser eliminado».

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