Cárcel para el sicario de los GAL convertido al yihadismo que quiso inmolarse en un autobús

GAL
Daniel Fernández Aceña (RRSS).

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de cárcel al que fuera sicario de los GAL en la década de 1980 Daniel Fernández Aceña por delito de autocapacitación terrorista, tras publicar contenidos en las redes sociales de tipo radical y amenazar con inmolarse en un autobús de Segovia.

En la resolución, los magistrados explican que se le impone la pena por encima del tramo medio dada la «peligrosidad del sujeto» ya que en el pasado fue condenado por un delito de asesinato relacionado con la organización terrorista de los GAL, así como por su afición a las armas y a los explosivos, lo que llevó a entregar en mano unas balas a una de las trabajadoras del Centro de Salud Mental ‘Amanecer’ «a modo de advertencia».

«Peligrosidad que se desprende, asimismo, del contenido y la multitud de páginas webs visitadas y de las que guardaba aquellas imágenes o fotografías más impactantes, que luego no dudaba en compartir con terceros. Las medidas de seguridad empleadas para no dejar rastro de las búsquedas en la red nos hacen pensar que aquellas excedían con mucho de lo que supone una mera curiosidad o interés por un tema concreto», concluye el tribunal.

Según los magistrados, el acusado desarrollaba una importante labor de autocapacitación o autoformación, guardando y publicando mensajes en las distintas redes sociales, entre los que caben destacar aquellos que defienden la ideología del Estado Islámico verbalizando con personas de su entorno la intención de inmolarse y de acceder al paraíso.

Enaltecimiento

De hecho, continúa la Sala, intervenía en diversos foros en los que se enaltecía la yihad y el martirio, defendiendo a los muyahidines, a los que considera que «actúan de manera justa en su lucha, buscando la implantación de un califato universal y con ello la aniquilación de los infieles.

La resolución subraya el material incautado en su domicilio de Segovia, como un ‘pen drive’ que contenía 158.710 archivos de grupos terroristas, o un disco duro con un manual para la fabricación de explosivos, ante lo cual, aseguran los jueces, no se puede llegar a otra conclusión que no sea la de que poseía ese material para formarse y adoctrinarse, no con una finalidad inocua.

Durante la vista celebrada a finales de mayo, el acusado, que se enfrentaba a una petición de Fiscalía de diez años de prisión por delitos de adoctrinamiento y exaltación del terrorismo, aprovechó el turno de última palabra y negó su conversión al yihadismo asegurando que no era musulmán y que no hablaba árabe. «A mi Siria me la suda y no tengo mala conciencia por ello», dijo ante el tribunal.

También desmintió a los investigadores que apuntaban en sus informes que no comía cerdo por sus creencias y dijo al respecto que no compraba carne fresca de este animal porque «todo» lo que consume es enlatado.

«No estaba fumando»

El tribunal responde a su abogado defensor -que en la vista oral dijo que el acusado no sabía ni hacer el símbolo del Tawid, señal del Estado Islámico- y dice al respecto que él mismo publicó una fotografía en Facebook en la que aparece con el dedo alzado «sin que estuviese fumando o de cachondeo, como el acusado pretende hacer creer».

Otro dato que, a juicio de los magistrados ponen en sesgo la versión autoexculpatoria que mantuvo durante el interrogatorio, es el relativo a unas quemaduras en las manos que, según dijo, se produjeron durante una barbacoa mientras, que un agente de la Guardia Civil lo achacó a la manipulación de explosivos.

Con todo determinan que el material que obra en la causa desmiente sus afirmaciones «y tanto en su continente como en su contenido va más allá de lo que una persona interesada por la religión islámica sugeriría».

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