La Audiencia Nacional tritura al fiscal y avala que se investigue a Puigdemont por terrorismo
Recuerda también que "sobre la naturaleza de estos hechos se ha pronunciado el Supremo"
La Audiencia Nacional ha avalado el auto del juez que investiga la causa de Tsunami Democràtic, Manuel García-Castellón, que considera que los hechos atribuibles a la plataforma separatista encajan en el delito del terrorismo, causa en la que se encuentra imputado Carles Puigdemont. Rechaza de esta forma el recurso del fiscal Miguel Ángel Carballo, que defendía que se trataba en todo caso de desórdenes públicos y que debía enviarse el asunto a los juzgados de Cataluña.
La Sala de lo Penal, en su auto, basa su negativa al recurso de la Fiscalía en los argumentos esgrimidos en el auto del Tribunal Supremo del pasado 29 de febrero en el que asumió la causa de Tsunami por diversos delitos, entre ellos el de terrorismo, contra los aforados en este procedimiento: el eurodiputado y ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg, mientras que mantenía en la Audiencia Nacional la competencia para investigar a los no aforados.
En este sentido, recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que los Juzgados Centrales de Instrucción y la Audiencia Nacional «continuarán conociendo de la instrucción y enjuiciamiento de las causas por delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas o relacionadas con elementos terroristas o rebeldes cuando la comisión del delito contribuya a su actividad, y por quienes de cualquier modo cooperen o colaboren con la actuación de aquellos grupos o individuos así como de los delitos conexos con los anteriores».
Así, recuerda que el auto del juez instructor describe unos hechos que «no se limitan a los incidentes ocurridos en el aeropuerto de El Prat el 14 de octubre de 2019 y en el bloqueo del paso fronterizo de la Junquera en la autopista AP 7 los días 11 a 13 de noviembre de 2019». También recalca que «sobre la naturaleza y calificación jurídica de estos hechos se ha pronunciado el Tribunal Supremo en el Auto de 29 de febrero de 2024», para luego recoger parte de la resolución del Alto Tribunal.
Otros recursos desestimados
La Audiencia Nacional desestima también el recurso de la investigada Marta Molina en el que calificaba de «prospectivas» las diligencias de investigación acordadas por el instructor en el auto ahora recurrido. La sección tercera del tribunal recalca que de esa resolución «se desprende la existencia de perjudicados y el posible uso de instrumentos aptos para causar graves daños materiales y personales, con numerosos heridos y un agente de la Policía Nacional que quedó inconsciente tras impactar en su cabeza una piedra», lo que obligó a su traslado a un hospital.
Otro recurso que se desestima es el de Josep Lluís Alay, mano derecha de Puigdemont, que defendía que «no había elemento alguno que acreditara, ni siquiera de forma indiciaria, que hubiera tenido una participación penalmente relevante en los hechos investigados».
Los magistrados de la Audiencia Nacional señalan que los indicios contra Alay «vienen recogidos en el auto del juez instructor en el que acordó su citación como investigado», en un oficio de la Guardia Civil y en el mencionado auto del Tribunal Supremo por el que se declaró competente para investigar a Puigdemont.
La Audiencia Nacional sostiene que las acciones atribuidas a la mano derecha de Puigdemont «no son las de un simple mensajero a asistente ajeno a los hechos de que trata y de la información que transmite». «La envergadura de las acciones llevadas a cabo por Tsunami Democràtic relatadas en el auto recurrido y la participación descrita de Josep Lluís Alay evidencian lo esencial que era su participación para el desarrollo de aquellas», apostilla.
La imputación de Puigdemont
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó el pasado 29 de febrero investigar a Carles Puigdemont y a Rubén Wagensberg por presuntos delitos de terrorismo en relación con el caso Tsunami. El Alto Tribunal decidió por unanimidad declarar su competencia y abrir causa para investigar y, en su caso, enjuiciar en relación con los hechos investigados en el caso Tsunami.
Esta decisión del Supremo se convirtió en un nuevo problema político para el Gobierno de Pedro Sánchez a pesar de la Ley de Amnistía aprobada en el Congreso. Los magistrados del Alto Tribunal esgrimieron que era «necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico. Diligencia de investigación que no puede realizar el instructor, sino sólo esta Sala Segunda por tratarse de aforados».
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