La Audiencia Nacional confirma el archivo de una pieza del ‘caso Púnica’ con varios ex alcaldes del PP
Consideran que no existe suficientes pruebas para continuar investigando la causa
La Fiscalía Anticorrupción, el PSOE y ADADE presentaron recursos contra el archivo
La Audiencia Nacional ha confirmado el archivo de una parte del caso Púnica en la que se investigaba a varios ex alcaldes del PP de Castellón, Denia, Coslada, Valdemoro y Majadahonda. Se trata de la pieza 10 de la causa en la que se analizaban los contratos de trabajo en reputación online de cargos populares varias empresas.
El juez instructor Manuel García-Castellón había considerado que no existía implicaciones penales en las actividades de los más de 40 personas que estaban investigadas en esta pieza del caso. El magistrado señaló en octubre de 2023 que no había un nexo claro entre las relaciones profesionales y personales. «La línea divisoria o contorno de los contratos de publicidad institucional y de buena reputación política y personal de los cargos públicos es tenue, imprecisa y confusa», señaló García-Castellón, tal y como recuerda la nota informativa del Poder Judicial. Una situación que «implica la dificultad de distinción entre las infracciones penales y las éticas», señala el escrito.
Para argumentar esta decisión, se apoyan en varias resoluciones firmes y provisionales, dictadas anteriormente. Concretamente, se refiere a trabajos de reputación online que resultaron archivados o en los que se absolvieron a los investigados. Entre ellos, está la pieza 2 de la Púnica que se refiere a los hechos que ocurrieron en León.
Recursos de la Fiscalía, PSOE y ADADE
Ante esta decisión, la Fiscalía Anticorrupción, el PSOE y ADADE presentaron recursos contra esta resolución de García-Castellón. Finalmente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado que no se aprecia que exista un concierto entre los investigados para desarrollar, a través de la contratación pública, una trama defraudatoria. Se le investigaba, y finalmente resulta archivado, por los delitos investigados de falsedad en documento mercantil, malversación, prevaricación, tráfico de influencias y cohecho, entre otros.
La Sala concluye que, según las pruebas que tienen, «se hace difícil en las circunstancias actuales viabilizar la prosecución del procedimiento a los fines de la formalización de la pretensión penal del lado de las acusaciones personadas». Es decir, que no se puede continuar con el caso, tal y como solicitaban la Fiscalía Anticorrupción, el PSOE y ADADE.
La Audiencia Nacional menciona que existe una «identidad fáctica» entre los hechos que se investigan en otras «piezas separadas que componen el procedimiento principal». Y más concretamente, puntualizan que «alguna ya ha abordado y analizado» la cuestión que se investiga en esta pieza, y que además se ha hecho «en fase más avanzada».
Por otro lado, también considera «limitada» la base sobre la que se quiere sustentar la acusación. Es decir, que las pruebas no son suficientes para dar la razón a los recurrentes y seguir con el caso. A ojos de la Sala, «procedía una mayor profusión expositiva y sistemática de la serie de correos electrónicos, conversaciones a través de WhatsApp, facturas, informes policiales y de expertos, que no son acogidos por el Magistrado Instructor»
Por último, sobre García-Castellón, aclara que «ha motivado suficientemente su resolución». Por eso, concluyen que «ninguna conculcación ha cometido en el derecho a la tutela judicial efectiva, con proscripción de cualquier género de indefensión, a la parte recurrente».
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