La Seguridad Social lo avala: podrás jubilarte a los 61 años si has cotizado al menos 33 sólo si tu contrato cumple este requisito
La Seguridad Social prevé aplicar una serie de coeficientes a los trabajdores que se adhieran esta modalidad de entre el 30% y el 0,5%
¿Eres interino en España? La Justicia te indemniza por abuso de temporalidad tras la sentencia del TJUE
La Seguridad Social ha confirmado que permite a los trabajadores poder adelantar dos años su jubilación. En España, la edad de jubilación para poder cobrar el 100% de la pensión está en 65 años para los que hayan cotizado 38 años y 3 meses o más y 66 años y 10 meses para los que hayan hecho menos.
Con esto, la edad de jubilación anticipada quedaría en 63 años para los que quieran retirarse con 65, mientras que serán 64 años y 10 meses para los que les correspondería más tarde. Pero es posible que el trabajador pueda perder su empleo antes de cumplir los 63 años, en cuyo caso podría acogerse a la jubilación anticipada involuntaria regulada en el artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social.
Debido a las dificultades para reincorporarse a la actividad laboral a esa edad, la normativa autoriza al trabajador a retirarse a los 61 años como máximo (cuatro años antes de lo que le tocase), siempre que pueda acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 33 años y que haya pedido empleo al menos seis meses antes de la solicitud de la jubilación.
Cese del trabajador para acogerse a esta norma de la Seguridad Social
El cese del trabajador debe haberse producido por alguna de estas causas: despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; por causas objetivas conforme al Estatuto de los Trabajadores; extinción del contrato por resolución judicial en los supuestos contemplados en la Ley Concursal; muerte, jubilación o incapacidad permanente del empresario individual o extinción del contrato por causa de fuerza mayor.
En cualquiera de los casos, la Seguridad Social prevé aplicar una serie de coeficientes a los trabajdores que se adhieran esta modalidad de entre el 30% y el 0,5%. El porcentaje final que le quede al trabajador dependerá del número de meses que adelante la jubilación y del periodo que haya cotizado.
Temas:
- España
- Seguridad Social
Lo último en Economía
-
El Gobierno convierte el Consejo Fiscal en otro choque con las autonomías: el PP denuncia un «paripé para tapar su debilidad»
-
Así es el nuevo modelo de supermercado de Mercadona: está en Madrid, tiene más productos frescos y el parking más grande
-
El Ibex se tambalea tras el récord: mantiene el ‘rojo’ en la media sesión y pierde los 19.800 puntos
-
ING compra algo más que Singular Bank: Javier Marín, la pieza clave de la operación
-
El viajero sénior gana peso en el sector turístico
Últimas noticias
-
Vox propone un plan de seguridad en Cataluña para delincuentes reincidentes: «Hay que acelerar los juicios»
-
Quién es Martina Alguero, la supuesta pareja de Ferran Torres: su edad, de dónde es y en qué trabaja
-
Dani’s Cinema Club regresa a Madrid con cine bajo las estrellas por 295 euros
-
España – Portugal en directo online hoy | A qué hora es, dónde ver el partido, alineaciones, predicciones y quién va a pasar a cuartos
-
Los guardias civiles denuncian al DAO ante Robles y exigen que lo aparte por «daño a la institución»