La novedad que cambia las normas de los bares y restaurantes para siempre: el BOE lo ha confirmado y nadie da crédito a la multa
Los bares y restaurantes que no cumplan con la nueva ley del Gobierno se exponen a una multa de hasta medio millón de euros
Más presión para los dueños de bares y restaurantes en nuestro país: ahora corren el riesgo de sufrir una multa de hasta medio millón de euros si no cumplen con las obligaciones que impone el Gobierno en materia alimentaria. Así lo indica la nueva ley que se ha aprobado de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que ha entrado en vigor este mes de abril. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la multa para los bares y restaurantes que no cumplan con esta nueva normativa.
La hostelería es uno de los principales motores de España, aunque tenga que luchar en el día a día con las leyes impuestas por el Gobierno. La última fue publicada el pasado 2 de abril en el Boletín Oficial del Estado y se trata de la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Esta nueva norma tiene como objeto «la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria».
Así que dentro de estos agentes de la cadena alimentaria están los bares y restaurantes, que a partir de ahora tendrán unas obligaciones en lo que respecta al trato que se le da a la comida sobrante y que es la que directamente va a la basura. La multa para los bares y restaurantes que no cumplan con esta Ley 1/2025 irá desde los 2.000 euros en los casos más leves hasta el medio millón de euros en casos más graves, en los que haya una reincidencia. Una cantidad que haría quebrar a la gran parte de la hostelería de este país.
La multa para bares y restaurantes
La Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, pone el foco en una «jerarquía de propiedades», que son las que tendrán que seguir los bares y restaurantes con respecto a la comida sobrante y que antes iba directa a la basura.
A partir de ahora, para evitar una multa, los bares y restaurantes tendrán que donar este sobrante en primer lugar a bancos de alimentos u organizaciones no gubernamentales. Como indica la ley, en caso de rechazo de estos primeros agentes, la comida sobrante se destinará a «otros tipos de redistribución para consumo humano, para transformación, alimentación animal, piensos o biogás».
Esta norma también obliga a los bares y restaurantes a ofrecer de forma gratuita envases a los clientes que no hayan terminado su plato. Todo con el objetivo de que lo puedan consumir posteriormente en su casa. En el Boletín Oficial del Estado también se puede comprobar la multa a la que se exponen los establecimientos que hagan caso omiso de estas indicaciones.
«A los efectos de esta ley, y sin perjuicio de lo que disponga otra normativa sectorial de aplicación, las sanciones a imponer por la autoridad competente en su ámbito correspondiente serán», dice el BOE antes de enumerar las penas económicas que son las siguientes:
- Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 2.000 euros.
- Las infracciones graves serán sancionadas con multa entre 2.001 y 60.000 euros.
- Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa entre 60.001 y 500.000 euros.
«No obstante, las comunidades autónomas podrán incrementar dichos umbrales y consignar otras sanciones adicionales o accesorias en sus respectivas normas con rango de ley», se puede leer en la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que llega para cambiar la forma en la que los bares y restaurantes utilizan los desperdicios.
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