El INSS lo confirma: tener 15 años cotizados ya no es suficiente para disfrutar de una jubilación
En 2026 hay que tener más de 15 años cotizados para acceder a la jubilación
El año 2026 ha llegado con un nuevo retraso en la edad de jubilación. Conforme dicta la ley 27/2011 aprobada en su día por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, los españoles que quieran acceder a la jubilación con el 100% de la pensión y no cumplan con los requisitos tendrán que esperar hasta los 66 años y 10 meses. Estos trabajadores también tendrán que tener al menos un mínimo de 15 años cotizados, según dicta la Seguridad Social. Estas son las novedades del INSS con la jubilación y el mínimo de 15 años cotizados.
Desde el 1 de enero, los trabajadores que quieran acceder a la jubilación con 65 años con el 100% de la pensión tendrán que acreditar un mínimo de 38 años y tres meses de cotización. En caso contrario, la persona que no llegue a este mínimo de jubilación tendrá que esperar hasta los 66 años y 10 meses para no sufrir una penalización en su cuantía total. En 2027, la edad de jubilación se volverá a retrasar hasta los 67 años para los que no tengan una cotización mínima de 38 años y seis meses durante la vida laboral.
La jubilación y los 15 años cotizados
Por lo que respecta a la cotización, la Seguridad Social exige un mínimo de 15 años de cotización durante la vida laboral para acceder a una pensión contributiva de jubilación. Pero no sólo bastará con estos 15 años cotizados, ya que al menos dos deben haber sido en los últimos 15 años previos a la solicitud de la pensión.
Esta situación afectará a los trabajadores en situación de no alta ni asimilada. Para este grupo de ciudadanos, la Seguridad Social establece la obligación de tener un periodo de cotización genérico de 15 años (5.475 días), a partir de 25-05-2010. Por lo que respecta al periodo de cotización específico, «2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho».
Estos dos años también se pueden completar con las denominadas lagunas de cotización, que son los periodos incluidos en los últimos 25 años en los que el trabajador no ha podido cotizar y afectan a la edad en la que se puede jubilar. A los trabajadores que hayan sufrido una interrupción en la cotización durante su carrera se les aplica la llamada integración de lagunas de cotización.
«Se aplica la integración de lagunas y esos vacíos de cotización se rellenan de la siguiente manera. Las primeras 48 mensualidades se rellenarán con la base mínima de cotización de ese año. Las siguientes se rellenarán solo con el 50% de la base mínima de cotización», informa sobre ello Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social, que suele publicar vídeos en las redes sociales sobre la materia.
Otra pensión para los jubilados
La Seguridad Social también ofrece una pensión a los trabajadores que no lleguen a un mínimo de 15 años de jubilación. Estas son las pensiones no contributivas que están fijadas en los Presupuestos Generales del Estado y que el IMSERSO encarga a las comunidades autónomas, que son las encargadas de gestionar estas prestaciones dirigidas a los jubilados más vulnerables.
La cuantía de estas pensiones asciende a 8.803,20 euros anuales, que son 628,80 euros al mes para los trabajadores que cumplan con estos requisitos:
- Tener 65 años.
- Tener residencia en España y haberlo hecho en los últimos diez años.
- No superar rentas de 8.803,20 euros anuales.
Este límite de rentas aumentará hasta los 14.965,44 euros anuales en caso de que la unidad de convivencia esté formada por dos personas. En caso de que en un hogar haya dos beneficiarios de las pensiones no contributivas, el importe mensual para cada uno de ellos será de 534,48 euros. El IMSERSO también ofrece una pensión no contributiva de incapacidad para las personas en situación vulnerable que no lleguen a una cotización mínima y estén afectadas de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
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