Hacienda se frota las manos con Bizum y confirma lo que va a pasar a partir de enero: no hay vuelta atrás
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El uso de Bizum se ha convertido en algo habitual para millones de personas en España. Si lo piensas, es lo que siempre se utiliza para pagar una cena entre amigos, enviar dinero a un familiar o, incluso algunas tiendas y comercios ya nos cobran mediante Bizum. Precisamente este último uso es el que ha puesto el foco de la Agencia Tributaria de cara a los próximos meses, con un cambio normativo que entrará en vigor a partir de enero y que ya tiene en alerta a bancos y entidades de pago.
Desde el Ministerio de Hacienda insisten en lanzar un mensaje de calma frente a esa idea que en las últimas semanas se había extendido, sobre el control de Hacienda a Bizum entre particulares. En realidad, no se van a vigilar todos los movimientos realizados por Bizum, y tampoco se trata de una vigilancia de todos los pagos. El cambio va dirigido exclusivamente a los cobros que reciben empresarios, autónomos y profesionales cuando utilizan Bizum como herramienta de facturación. Aun así, el nuevo sistema supone un paso más en el control de los medios de pago digitales y confirma una tendencia que no tiene marcha atrás. Hacienda quiere más información, más detalle y menos zonas grises cuando se trata de ingresos derivados de una actividad económica.
Qué va a empezar a controlar Hacienda con Bizum
La clave del cambio está en la información que los bancos y entidades de pago deberán remitir a la Agencia Tributaria. Hasta ahora existía un umbral anual de 3.000 euros en los cobros con tarjeta, a partir del cual se informaba a Hacienda. Ese límite desaparece en el caso de Bizum cuando se utiliza como sistema de cobro profesional.
A partir de enero, las entidades financieras deberán suministrar información de forma mensual, aunque no será un desglose operación por operación. Hacienda solo recibirá el importe total facturado cada mes mediante Bizum por parte de cada empresario o profesional.
Este detalle es importante porque descarta, al menos de momento, un seguimiento individualizado de cada pago. El objetivo es cruzar datos de facturación, no analizar cada transacción concreta.
A quién afecta realmente la nueva obligación
La Agencia Tributaria ha sido explícita en este punto. Sólo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Esto significa que los pagos entre particulares quedan completamente fuera de este control.
Enviar dinero a un amigo, pagar un regalo compartido o devolver una deuda personal mediante Bizum no genera ninguna comunicación automática a Hacienda. El foco está únicamente en quienes utilizan la plataforma como medio habitual de cobro dentro de una actividad económica. De este modo, los cobros entre particulares o las operaciones ajenas a una actividad profesional no se incluyen en esta obligación informativa.
Qué datos tendrán que facilitar los bancos
El cambio normativo aprobado el pasado mes de abril amplía de forma notable la información que deben aportar las entidades financieras. No sólo tendrán que comunicar el importe mensual facturado a través de Bizum, sino también otros datos relevantes para la identificación del negocio.
Entre ellos, se incluye el número de comercio con el que opera el empresario o profesional, los terminales de venta asociados, así como las cuentas bancarias o de pago desde las que se realizan los cobros. A partir de 2026, además, se exigirá la identificación completa de los profesionales adheridos a sistemas de cobro como Bizum o plataformas equivalentes.
Este refuerzo del control no sólo afecta a los bancos tradicionales. También estarán obligadas a informar las entidades de pago y de dinero electrónico que presten servicios en España, incluidas aquellas extranjeras que operen en régimen de libre prestación de servicios, siempre que sus clientes estén establecidos o residan en España.
El aviso de los técnicos de Hacienda
Desde Gestha, el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, han pedido que este nuevo marco no se traduzca en una presión excesiva sobre autónomos y pequeñas empresas. Reclaman que las actuaciones de control se centren en los fraudes más complejos y sofisticados, y no tanto en irregularidades menores.
Los técnicos recuerdan que muchos autónomos utilizan Bizum por comodidad y trazabilidad, y advierten del riesgo de que este tipo de controles acabe desincentivando el uso de medios de pago digitales frente al efectivo.
También cambia el control de las tarjetas
Por último, junto al refuerzo del control sobre Bizum, la normativa incorpora una nueva obligación informativa anual sobre el uso de tarjetas. En este caso, el alcance es mayor, ya que afecta a todos los contribuyentes, no solo a empresas y autónomos.
Las entidades deberán informar del total anual de cargos, abonos, recargas, retiradas de efectivo y operaciones de gasto cuando, en conjunto, se superen los 25.000 euros al año. No se trata de una medida específica contra Bizum, sino de un control más amplio sobre los flujos de dinero a través de medios electrónicos.
En conjunto, Hacienda deja claro el mensaje. El uso de plataformas digitales para cobrar no es ilegal ni problemático, pero cada vez está más vigilado. A partir de enero, quienes utilicen Bizum como herramienta profesional deberán tenerlo muy en cuenta, porque el margen para pasar desapercibido se reduce y, en este terreno, no hay vuelta atrás.
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