Hacienda a favor de los okupas: los propietarios con casas okupadas tienen que declarar el alquiler en la renta
Los propietarios con casas okupadas tendrán que pagar los impuestos correspondientes en la renta
Los propietarios de casas okupadas están obligados a tributar por los alquileres no cobrados en la campaña de la renta 2026 que empieza este 8 de abril. Hacienda ha dejado claro que los dueños de las viviendas que sean víctimas de los okupas tendrán que declarar los rendimientos de alquiler, se haya cobrado o no. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las obligaciones de los propietarios con casas okupadas en la declaración de la renta.
La campaña de la renta comienza este 8 de abril y hasta el próximo 30 de junio los contribuyentes que cumplan con los requisitos de ingresos tendrán que hacer el ejercicio del IRPF. Ya sea a través de internet, vía telefónica a partir del 6 de mayo o en cualquier oficina de la Agencia Tributaria (en el mes de junio), los ciudadanos que rebasaron los 22.000 euros de ingresos en 2025 tienen la obligación de hacer la declaración de la renta.
Este límite bajará a 15.876 euros para los contribuyentes con varios pagadores siempre que el segundo supere los 1.500 euros y, en el caso de los trabajadores autónomos, este umbral se elimina directamente: tendrán que hacer sí o sí la declaración de la renta. También tendrán que informar de sus ingresos durante el pasado año los perceptores del IMV, que es la ayuda que ofrece el Gobierno para las personas que están en situación de vulnerabilidad.
Las casas okupadas y la renta
En esta campaña de la renta también tendrán que cumplir con sus obligaciones con Hacienda los dueños de las casas okupadas. Estos propietarios tienen que tributar por estos rendimientos sin importar que se hayan producido. Es decir, tendrán que pagar impuestos por un alquiler que en realidad no han recibido. Esto es algo que está a la orden del día por el aumento en los últimos meses de la última treta de los okupas, que es la inquiokupación. Esta práctica consiste en cesar los pagos del alquiler y seguir anclados en la vivienda amparados por la ley, que permite prorrogar esta situación a los que acrediten una situación de vulnerabilidad o tengan hijos.
Así que el Tribunal Económico-Administrativo Central es claro en este sentido y ha afirmado recientemente que los propietarios con casas okupadas están «obligados a declarar los rendimientos del alquiler en el momento en que son exigibles, independientemente de si el inquilino ha pagado la mensualidad o no». Así que, además de no cobrar por el alquiler, los dueños de casas okupadas tendrán que pagar los impuestos correspondientes porque las cantidades quedaron en su día estipuladas en un contrato.
«El propietario debe declarar los rendimientos del alquiler cuando son exigibles, aunque no los haya cobrado», explica Pedro Bretón, CEO de la Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG), en unas declaraciones que recoge la cadena COPE.
Además, ya hay jurisprudencia sobre ello en una resolución del Tribunal Supremo del pasado 24 de junio de 2025, que establece que la obligación de declarar los rendimientos del alquiler no depende del cobro efectivo, sino de su exigibilidad. ¿El motivo? Según el Alto Tribunal, el hecho imponible se produce cuando el propietario tiene derecho legal a exigir la renta al inquilino, se produzca o no. Por ello debe incluirse en la renta como rendimiento de capital inmobiliario. Víctima de esta situación fue una propietaria suiza con un piso en España que no ingresó nada de los inquilinos en 2018 y 2019 y el tribunal la obligó a presentar la declaración del IRPF correspondiente, aun no habiendo recibido un beneficio por estos alquileres.
“El propietario se encuentra en una situación compleja: por un lado, soporta impagos u ocupaciones, y por otro mantiene su obligación fiscal sobre rentas exigibles. Esto obliga a una planificación más profesional y preventiva», dicen desde SEAG, que dejan claro que: «En un mercado donde el número de incidencias crece y donde los plazos de resolución se alargan, la combinación de riesgo económico y obligación tributaria sitúa al pequeño propietario en el centro del debate sobre la sostenibilidad del alquiler en España».
Lo último en Economía
-
La brecha generacional se da la vuelta: los jubilados pasan de gastar un 20% menos que la media a superarla
-
¿A partir de qué edad puedes negarte a ser presidente de la comunidad? La Ley de Propiedad Horizontal lo explica
-
Los ceutíes venden sus casas en masa tras la invasión y el precio de la vivienda se desploma un 30%
-
Ana Botín (65 años), presidenta del Banco Santander: «Una de las cosas que nos ha enseñado la pandemia es la extraordinaria resiliencia, el ingenio y la creatividad humanas»
-
Juan Roig (78 años): «Las personas no vivimos solo para comer, tampoco las empresas existimos solo para lograr beneficios, pero las personas no podemos vivir sin comer y las empresas no podemos vivir sin beneficios»
Últimas noticias
-
Convocatoria del Atlético ante el Villarreal: Simeone llama a Julián Álvarez, que se reencontrará con el Metropolitano
-
Pogacar también es el rey en la contrarreloj de Mónaco: inaugura la Vuelta con victoria por ¡9 centésimas!
-
Así queda la clasificación general de La Vuelta Ciclista a España 2026 tras la etapa 1 de hoy sábado
-
Una segunda patera desembarca en Cartagena (Murcia) en cuatro días con medio centenar de inmigrantes a bordo
-
Las Palmas regatea a Marruecos y apoya al Ceuta una vez que cruzaron la frontera