El Gobierno lo hace oficial: la tabla de las personas que podrán tener jubilación anticipada y no lo sabían
El Gobierno ha confirmado que los bomberos forestales se podrán acoger a la jubilación anticipada sin penalización
Los bomberos forestales podrán acogerse a la jubilación anticipada sin penalización. El Gobierno confirmó a mediados de septiembre que estos trabajadores podrán adelantar su retirada sin aplicar coeficientes reductores hasta un máximo de cinco años, siempre y cuando cumplan con los requisitos de cotización. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la decisión que ha tomado el Gobierno con la jubilación anticipada de los bomberos forestales.
El Gobierno ha saldado una «deuda histórica» con los bomberos forestales, un gremio que durante este verano se ha jugado la vida para salvaguardar los bosques, casas, pueblos y hasta la vida de los españoles que fueron víctimas de los aterradores incendios de este verano en la zona norte de España. Después de un verano al servicio del país, el pasado martes 16 de septiembre el Consejo de Ministros aprobó un decreto para adelantar la jubilación a los bomberos forestales sin penalización en la pensión.
Esto ya quedó fijado en la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales publicada el año pasado y en la que se puso por escrito que «en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley». «Los duros y dolorosos acontecimientos del pasado verano han evidenciado que un sistema público fuerte es lo que salva, protege y une, y que España necesita un cuerpo de bomberos fuerte, estable y protegido», informó Elma Saiz en una comparecencia pública en la que dejó claro que se salda una «deuda histórica».
La ministra de la Seguridad Social también dejó claro que esta decisión llega «como consecuencia de la naturaleza penosa, tóxica, peligrosa e insalubre del trabajo realizado». «Los duros y dolorosos acontecimientos del pasado verano han evidenciado que un sistema público fuerte es lo que salva, protege y une, y que España necesita un cuerpo de bomberos fuerte, estable y protegido», dijo ante los medios de comunicación.
El Gobierno y la jubilación anticipada
Elma Saiz también dio detalles sobre la decisión que ha tomado el Gobierno con la jubilación anticipada para los bomberos forestales. «Un trabajador que pudiese jubilarse a los 65 años lo va a poder hacer como máximo a la edad de 60», informó sobre la edad máxima a la que se podrán jubilar los bomberos forestales.
«El profesional que acredite ese periodo mínimo de cotización va a ver reducida su edad de acceso a la jubilación en tres años, el resultado de aplicar esos 15 años que ha estado ejerciendo esa profesión con el coeficiente reductor del 0,20», explicó. Así que los bomberos forestales que acrediten un mínimo de cotización verán reducida su edad de acceso a la jubilación en tres años, hasta un máximo de cinco años de reducción, hasta los 60, en función de los años cotizados.
Así que un bombero forestal podrá adelantar su jubilación hasta los 60 años en base a la cotización en su vida laboral. Con el mínimo de cotización podrán adelantarla hasta los 62 años sin sufrir penalizaciones en su pensión.
La jubilación anticipada sin penalización
Así que los bomberos forestales entran desde ya en el grupo de trabajadores que pueden adelantar su jubilación sin penalización en la pensión. Estos son los que están dentro de «grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos». En resumen, los trabajadores que pertenezcan a estos grupos:
- Trabajadores del Estatuto Minero.
- Personal de vuelo en trabajos aéreos.
- Trabajadores del mar.
- Trabajadores ferroviarios
- Artistas, bailarines y trapecistas.
- Profesionales taurinos.
- Bomberos al servicio de las administraciones.
- Policías locales.
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