El Gobierno maniobra para no pagar el complemento por hijos a los padres pensionistas
La Seguridad Social deniega el complemento por hijos pese a que una sentencia del tribunal europeo de 2019 la reconoce
La Seguridad Social está rechazando reconocer el complemento a la pensión de los padres pensionistas con dos hijos o más que se jubilaron entre enero de 2016 y febrero de 2021 pese a que una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia (TJUE) y otra posterior del Tribunal Supremo reconocen ese derecho. En 2016, el Gobierno estableció un complemento en la pensión sólo para las madres, con el objetivo de reducir la brecha de género.
Pero en diciembre de 2019 el TJUE sentenció que los padres también tenían derecho a ese complemento en su pensión. Lo contrario suponía una discriminación a los varones, contraria a la Directiva europea de igualdad de trato.
Pero los padres pensionistas que se lanzaron a reclamar a la Seguridad Social su complemento a la pensión -5% para los que acreditasen tener dos hijos en el momento de su jubilación- recibieron como respuesta el rechazo del Gobierno pese a esa sentencia del tribunal europeo, obligando a los pensionistas a tener que acudir a los juzgados para reclamar su derecho.
Otra sentencia del TJUE de 2023 volvió a exigir al Gobierno español que aplicara la norma también a los padres pensionistas, algo que ha seguido sin hacer la Seguridad Social. «Lo que hace la Seguridad Social es no contestar a las peticiones que hacemos de ese complemento. A los tres meses se produce la negativa del derecho al complemento por silencio administrativo y entonces te obliga a ir a un juzgado», señala uno de los afectados.
En este caso, la petición se produce en octubre de 2023, posterior a las sentencias del tribunal europeo. La Seguridad Social, como en el resto de casos, dejó pasar los tres meses, pese a que en noviembre el Tribunal Supremo dictaminó también que los padres tenían derecho a ese complemento e incluso fijó una indemnización de 1.800 euros para los padres pensionistas por los daños causados.
Pasados esos tres meses, y por el silencio administrativo, el reclamante se quedó sin su complemento en la pensión. «Decidí entonces acudir a los tribunales, porque también han dicho que no existe prescripción del derecho al haber pasado cinco años desde que se aprobó la norma, en 2016. Ese límite temporal ya no existe, pero a ellos les da igual», explica.
«Lo curioso es que en cuanto he puesto la demanda en el juzgado he recibido una carta, del 12 de junio, en la que me dicen que reconocen mi derecho al complemento a la pensión. ¡Menudo Gobierno progresista!», se queja.
«De todas formas, esto no ha acabado. Porque ahora lo que voy a hacer es reclamar en un juzgado la indemnización de 1.800 euros que ha dicho el Supremo que tenemos derecho por los daños causados. Así se gestiona el dinero público», asegura.
En efecto, la sentencia del Supremo señala que esos 1.800 euros comportan una reparación integral del perjuicio sufrido y procede siempre que haya sido menester que el varón discriminado por una resolución de la Seguridad Social posterior a la sentencia del tribunal europeo del 19 diciembre 2019 haya precisado del acudimiento a la jurisdicción social para conseguir el abono del complemento en cuestión.
Las maniobras de la Seguridad Social para no pagar un complemento a los padres pensionistas del 5% en caso de tener dos hijos contrasta con las declaraciones públicas del Gobierno, que presume siempre de su política con las pensiones.
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