La CNMC abre 15 nuevos expedientes sancionadores a más energéticas por el apagón eléctrico
La mayoría han ido dirigidos a Endesa, pero Competencia también menciona a TotalEnergies, Engie y ContourGlobal
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha anunciado este viernes la incoación de 15 nuevos expedientes sancionadores por indicios de infracciones «graves» en el marco de sus investigaciones sobre el apagón del 28 de abril de 2025, aunque las prácticas habrían sido producidas en días distintos a este.
Estos expedientes están dirigidos en su mayoría a Endesa, mientras que el resto están repartidos entre TotalEnergies, Engie y ContourGlobal La Rioja.
Estos nuevos expedientes se suman a la veintena anunciada el pasado viernes 17, que estaban dirigidos a Red Eléctrica de España (REE) -con calificación «muy grave»- y a instalaciones de generación eléctrica (ciclos combinados, renovables o nucleares) propiedad de las principales eléctricas del país -Iberdrola, Endesa y Naturgy-, así como de Repsol o Bahía de Bizkaia Electricidad -por infracciones «graves»-.
«Desde entonces, la CNMC ha continuado con la apertura de otros procedimientos sancionadores», informa la Comisión, que señala que las prácticas se habrían producido en días distintos al 28 de abril del año pasado, fecha del apagón eléctrico.
«Las incoaciones notificadas incluyen también la investigación de prácticas producidas en días o periodos distintos al 28 de abril de 2025, pero que constituirían igualmente indicios de posibles infracciones sectoriales detectados en el marco de la investigación del incidente», apunta.
En este caso, todos los expedientes cuentan con la calificación de «graves», casi todos por presunta infracción del artículo 65.8 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico (LSE), por «incumplimientos del art. 64.15, 16 y 17 sin riesgo de garantía del suministro o daño grave».
Solo el expediente de la Asociación Nuclear Ascó-Vandellós II AIE (ANAV), participada por Endesa e Iberdrola, está abierto por infracción «grave» recogida en el artículo 65.34 de la LSE, por «ofertas con valores anormales o desproporcionados para alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación o la casación del mercado».
Sin embargo, la CNMC recuerda en un comunicado que «los hechos objeto de estos procedimientos no implican, por sí mismos, la atribución del origen o causa del apagón a las empresas afectadas, dado que el incidente respondió a un origen multifactorial».
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