El CGPJ se suma al Banco de España y critica la nueva tasa de la autoridad de defensa financiera
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se suma a las críticas del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, entre otros, por la tasa de 250 euros que las entidades financieras deberán asumir por cada reclamación que reciban en la nueva Autoridad de Defensa del Cliente Financiero -esto es la tasa de la autoridad de defensa financiera-.
El Pleno del CGPJ aprobó la semana pasada por unanimidad el anteproyecto de Ley de creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, y señaló que la creación de un sistema de resolución extrajudicial de litigios entre entidades y clientes invade el espacio que la Constitución reserva al Poder Judicial.
Además, recordó que el anteproyecto se decanta por financiar a la autoridad exclusivamente con fondos públicos a través de un ingreso de naturaleza tributaria, creando una tasa de referencia con una cuantía fija de 250 euros por reclamación admitida a trámite.
En relación con esta cuestión, el informe señala que el Gobierno opta porque el servicio que presta la autoridad sea gratuito para quienes reclaman, lo que, siendo un desideratum de una directiva europea, no constituye una obligación; ha decidido también que la financiación sea pública, lo que tampoco es una imposición europea; y, siendo pública, ha querido que sea con la tasa de 250 euros.
Sistema tributario
El informe advierte, no obstante, de que la tasa de la autoridad de defensa financiera se configura «de manera que se infringen los preceptos sobre la naturaleza jurídica, el sujeto pasivo de esta clase de tributo y la necesaria justificación de su cuantía, poniendo en riesgo alguno de los principios que presiden nuestro sistema tributario».
Así, señala que, al semejar a una suerte de impuesto, para que su exigencia fuera legítima debería gravar una capacidad económica de las entidades financieras, que no se atisba en la circunstancia de verse obligadas a participar en un procedimiento de resolución de controversias que en ningún caso tienen legitimación para instar.
Añade que tampoco es la tasa un tributo con finalidad fiscal para hacer frente al coste de un servicio público, puesto que, si así fuera, también debería ser obligado tributario el cliente que presenta la reclamación, puesto que es quien la insta y se beneficia de la prestación del servicio.
Asimismo dice que «sería igualmente necesario adaptar la cuantía de la tasa al importe de la reclamación por cuanto no parece tener sentido que la exacción pueda llegar a superar el montante en discusión».
Más críticas a la tasa
Antes de que el CGPJ se pronunciara sobre la tasa de 250 euros, ya la habían criticado los máximos responsables del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y buena parte de los grupos parlamentarios, especialmente el PP y VOX.
El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, abogó por requerir el cobro de la tasa en función del número de reclamaciones contrarias a una entidad y no meramente las tramitadas. Cobrar 250 euros por cada reclamación, argumentó, puede provocar que cualquier disputa por un importe inferior a esa cantidad sea aceptada por la entidad con independencia de que su comportamiento se haya ajustado a la normativa y a las buenas prácticas para no incurrir en un gasto mayor.
Eso, al final, podría generar un incremento de los conflictos entre los clientes y las entidades financieras, advirtió.
Desde el Ministerio de Asuntos Económicos se defendió siempre esta tasa, hasta que a principios de marzo la vicepresidenta Nadia Calviño se mostró abierta a negociarla durante la tramitación parlamentaria.
Entre las enmiendas presentadas al texto, el PP propone rebajar de 250 a 100 euros la tasa que deberían pagar las entidades financieras por cada reclamación de un cliente y que se les devuelva la mitad en caso de que la resolución sea favorable al banco
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