Los ayuntamientos pedirán un rescate a Hacienda para devolver el dinero de la plusvalía municipal
El TC anula el cobro de la plusvalía municipal cuando hay pérdidas en la venta
¿Cómo reclamar las cantidades indebidamente cobradas por la plusvalía?
Los ayuntamientos españoles necesitan la ayuda del Ministerio de Hacienda para hacer frente a las devoluciones por el cobro indebido del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (lo que se conoce comúnmente como la plusvalía municipal). La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) realizará una petición oficial el próximo martes, según han confirmado varias fuentes a OKDIARIO.
Hasta ahora los consistorios obligaban a pagar a los propietarios aunque se hubiera producido una pérdida del valor de mercado de los inmuebles, pero el Tribunal Constitucional ha tomado cartas en el asunto señalando que este impuesto vulnera el “principio de capacidad económica” recogido en el artículo 31 de la Carta Magna, porque la carga fiscal no se vincula con la existencia de un incremento real del valor del bien, “sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo”.
Según los cálculos del despacho de abogados Navas & Cusí los ayuntamientos deberán devolver unos 10.000 millones de euros indebidamente cobrados mediante la plusvalía municipal, aunque no existe ningún cálculo oficial por parte de la Agencia Tributaria.
El problema es que el Constitucional no establece cómo debe ser la estructura del tributo y deja en manos del Gobierno su reforma. Fuentes del Ministerio de Hacienda indican que están a la espera de la propuesta oficial de la FEMP para diseñar una nueva fórmula del cálculo del impuesto y rechazan realizar valoraciones sobre el montante total de dinero a devolver.
En la actualidad el tributo, de carácter municipal, se aplica de acuerdo con una fórmula que toma como base el valor catastral del suelo y lo multiplica por un coeficiente en función del número de años que hayan transcurrido entre la compra y la venta, con lo que el vendedor debe pagar siempre, aunque el inmueble se haya vendido con pérdidas, situación que se ha repetido en numerosas ocasiones tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria.
La petición de auxilio por parte de la FEMP surge a pesar de que los municipios acumulan un superávit en sus cuentas públicas conjunto que ronda los 6.000 millones de euros. El problema es que este dinero no puede utilizarse para devolver las cantidades indebidamente cobradas por la plusvalía municipal, ya que existe una restricción en la Ley de Estabilidad Presupuestaria que no permite utilizar el excedente fiscal.
No obstante, no todos los ayuntamientos tienen sus cuentas públicas saneadas y la mayoría de ellos (aunque tengan superávits) tienen un volumen de endeudamiento demasiado elevada para garantizar su sostenibilidad financiera a medio y largo plazo. Las fuentes de la FEMP consultadas no han querido avanzar el alcance de su propuesta, pero han dejado claro que se producirá el próximo martes.
El bufete Navas & Cusí propone la creación reclama una ventanilla rápida municipal para devolver el impuesto de plusvalía cuando existieron minusvalías, que sea dotada económicamente mediante del Fondo de Contingencia. “Posteriormente Hacienda deberá de realizar los ajustes que considere oportunos con los ayuntamientos en términos de déficit tolerado, línea de crédito, etc”, indica Juan Ignacio Navas, socio director del despacho de abogados.
La alternativa “es caer en la tentación de ganar tiempo, dando largas a las reclamaciones y saturando la jurisdicción contencioso-administrativa”. El letrado considera que es posible que algunos de los más de medio millón afectados renuncien a la reclamación si el proceso es largo y farragoso. “Es una posible tentación, pero no sería aplicar con efectividad la sentencia del Constitucional ni acatarla plenamente”, sentencia.
“Puede que el legislador opte por un peritaje o tasación; en nuestra opinión, sería innecesario. En una economía de mercado debería bastar con las escrituras”, señala Navas en relación a la forma de calcular las cantidades indebidamente cobradas.
Aunque el abogado advierte la posibilidad de un escenario que califica de “peor”: que la minusvalía se calcule en función de los valores catastrales. “Fue la pretensión de la Abogacía del Estado tumbada por el Constitucional porque no hay rentas potenciales a gravar, sino que dichas pretendidas rentas potenciales son irreales o ficticias”, recuerda el experto.
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