En contra de la decisión del juez Andreu

La Audiencia Nacional atribuye responsabilidad penal a Deloitte por la salida a Bolsa de Bankia

Auditoría.
Deloitte (Foto: Getty)
  • C. García-Ovies y M. A. Pérez

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido revocar el sobreseimiento del procedimiento en relación con la auditora Deloitte en el proceso de salida a Bolsa de Bankia. En el auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el tribunal le atribuye a la consultora responsabilidad penal.

Además, los jueces han confirmado la decisión del juez Fernando Andreu de archivar la causa por la salida Bolsa de la entidad financiera respecto de ocho altos cargos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y del Banco de España, entre ellos el ex gobernador Miguel Ángel Fernández Ordoñez.

En relación a Deloitte, el juez Andreu exoneró a la consultora de responsabilidad penal al entender que la naturaleza de las sociedades profesionales otorgaba autonomía entre el socio auditor, Francisco Celma, y Deloitte.

Ahora, la Sala difiere del criterio del instructor y extiende la responsabilidad penal a la consultora, al no considerar efectiva esa supuesta autonomía entre Deloitte y Celma: «Socio y sociedad constituyen la misma unidad jurídica, de modo que la firma cuenta con un Control de Calidad Interno, y un Manual de Cumplimiento Normativo que comprende Políticas generales para todas las líneas de servicio, y se alega que existen Políticas de nivel 2 para la línea de auditoría».

«Resulta difícil afirmar sin cuestionamiento que la sociedad fiscalizó adecuadamente las sucesivas auditorías siendo que al tiempo se producía un beneficio para la entidad; es por ello que debe continuar vigente la acción penal y deslindar en otro momento procesal, si se han adoptado todas las políticas de prevención de riesgos penales para la exención de responsabilidad criminal», señalan los jueces.

Sobre la responsabilidad del Banco de España, el Tribunal acoge la ausencia de implicación de esta entidad ya que la institución «no dio una carta blanca para cargar las pérdidas contra reservas, en términos de colaboración o acto de auxilio, la autorizaba en la medida que fuera justificada en buena forma».

En relación al exministro de Interior, Ángel Acebes, la Sala rechaza su recurso y mantiene su responsabilidad penal. El tribunal indica que el auto del juez instructor recoge el conocimiento previo que los encausados, entre ellos el propio Acebes, tenían del verdadero estado financiero de la entidad que dirigían y administraban, así como «de las múltiples y relevantes falacias contables».

El auto dicta que Acebes fue «un miembro activo en la realización de actos necesarios para la perfección de hechos punibles de perfección sucesiva (hechos complejos) determina la responsabilidad del sujeto activo como autor por la totalidad del hecho».

Otro de los autos notificados hoy por la Audiencia Nacional rechaza el recurso presentado por Javier López Madrid y señala la intervención del apelante en cuanto a la reformulación de las cuentas anuales de 2011, donde expresamente dice que las cuentas se formularon sin borrador de auditoría, «lo cual es una circunstancia por lo menos atípica».

Lo último en Economía

Últimas noticias