Alerta bancaria: los dividendos peligran en 2017 por el golpe de Hacienda a las deducciones fiscales
La reforma tributaria del Impuesto de Sociedades aprobada por el Gobierno en diciembre para cumplir los objetivos de déficit público pactados con la Comisión Europea ha hecho saltar las alarmas en los consejos de administración de los grandes bancos españoles y los accionistas se preparan para una reducción de la remuneración que recibirán este año en concepto de dividendo.
El Ministerio de Hacienda ha reducido las deducciones fiscales de las que gozaban los bancos por los denominados “activos diferidos en balance”, estableciendo un límite del 25% de la base imposible para las empresas con una facturación superior a los 60 millones de euros, menos de la mitad de la tasa máxima actual, que era del 60% para 2016. Ahora los equipos gestores de las entidades estudian cómo asumir el impacto en los estados financieros anuales sin reducir dividendos, ya que todo apunta a que afectará a los beneficios.
Los activos diferidos, a pesar de estar clasificados como activos, son en realidad gastos ya abonados de forma anticipada que no se pueden desgravar en el Impuesto de Sociedades, lo que obliga a las empresas (en este caso a los bancos) a pagar más impuestos de los que deberían. Para compensarlo, Hacienda reconoce el derecho a aplicar una deducción de los mismos en ejercicios futuros y ahora, tras el Real Decreto Ley 3/2016, reduce el importe máximo a desgravar.
La importancia de estos activos es que tienen un valor reconocido y engrosan el capital (los fondos propios) que se utiliza para calcular la solvencia de las entidades financieras.
El cambio no sólo ha generado un importante revuelo en el seno del sector financiero, ya que las firmas de auditoría e incluso los organismos reguladores, como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el propio Banco de España, están analizando el impacto contable del cambio fiscal aprobado por el departamento que dirige Cristóbal Montoro.
Las fuentes financieras consultadas descartan que la reforma vaya a generar una reducción de los fondos propios de los bancos que obligue a una oleada de recapitalizaciones por parte de las entidades, aunque dan por hecho que se producirá la temida rebaja de los beneficios “que puede terminar afectando al accionista por la vía de los menores dividendos”.
Los activos fiscales diferidos: un arma contra la crisis
El sistema financiero español utilizó los activos fiscales diferidos (DTA, por sus siglas en inglés) para mantener sus niveles de capital durante los peores años de la crisis. A finales de 2013 en los balances bancarios había unos 50.000 millones de euros procedentes de los mismos y que estaban anotados en la rúbrica contable destinada a los fondos propios. Proceden de las provisiones para cubrir el riesgo de sus activos inmobiliarios, de las pérdidas de ejercicios anteriores (bases imponibles negativas) y de las aportaciones a los planes de pensiones de los empleados bancarios.
Durante el año 2012, las reformas legales impulsadas por el ministro de Economía, Luis de Guindos, obligaron a los bancos a provisionar importantes cantidades de dinero para sanear sus balances y esto provocó un notable aumento de los DTA. Las entidades esperaban poder ir reduciéndolos gracias a unos planes de ajuste basados en la posibilidad de deducirse el 60% de los mismos y ahora la rebaja hasta el 25% obliga a todo el sector a modificar sus planes iniciales.
Moody´s: los DTA son «capital de baja calidad»
Según datos de la agencia de calificación financiera Moody´s, al cierre de 2015 los activos fiscales diferidos suponían el 40% del capital de máxima calidad (CET1 en términos de la nueva regulación de Basilea), lo que supone un “importante riesgo para el sector financiero español”, según señaló en un informe publicado en la segunda mitad del pasado año. La agencia considera que es un “capital de baja calidad” y que penaliza la nota que da a los bancos españoles.
La firma de servicios profesionales EY recuerda en una nota enviada a los inversores que la rebaja de las deducciones máximas al 25% de los activos fiscales diferidos, como consecuencia de pérdidas en los estados financieros anuales (con bases imponibles negativas) “sitúa a España entre los países de la Unión Europea, junto con Francia, que mayores restricciones imponen a la compensación, alejada de otros países como Alemania, Portugal, Austria, o Italia”; donde “el porcentaje de base imponible previa que como máximo se puede compensar, bajo determinados requisitos, es del 60%, 70%, 75%, y 80%, respectivamente”.
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