Los afectados por las cláusulas suelo no cobrarán hasta 2017 aunque la UE les dé la razón
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha celebrado hoy la vista oral previa a pronunciarse sobre la retroactividad total de las cláusulas suelo de las hipotecas, es decir, de la limitación que las entidades financieras ponen en los contratos para no reducir la cuota del préstamo a partir de un determinado nivel del Euribor, que es el tipo de interés al que se referencian la inmensa mayoría de las hipotecas en España.
A partir de ahora se abre un proceso que puede durar varios meses hasta que los afectados puedan recibir el dinero indebidamente cobrado por los bancos por las citadas cláusulas. Según las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO, el letrado que actúa como fiscal de este caso (denominado Abogado General) presentará sus conclusiones a mediados del mes de julio. Después el Tribunal dictará la sentencia formal y los tribunales españoles deberán acatar y aplicar la decisión.
El socio-director de Arriaga Asociados, Jesús María Ruíz de Arriaga, ha explicado a OKDIARIO que la sentencia del TJUE “sienta jurisprudencia” y “deberá ser acatada por los tribunales españoles sin necesidad de que se modifique norma alguna en el ordenamiento jurídico español”. Si el TJUE da la razón a los afectados, tal como esperan tanto los bufetes de abogados como los directivos bancarios, los diferentes juzgados comenzarán a fallar en contra de las entidades financieras.
Todo este proceso se puede alargar varios meses, por lo que los afectados que se vean obligados a seguir adelante con sus reclamaciones judiciales verán como concluye el año sin haber recibido todavía su dinero. No obstante, Ruiz de Arriaga apunta que es posible que varias entidades financieras decidan evitar la batalla jurídica y devuelvan las cantidades indebidamente cobradas para evitar costes y un mayor impacto en su reputación corporativa.
En la misma línea se pronuncia Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí. “El impacto no será inmediato ya que el juez nacional deberá de comprobar que la información no fue suficiente, la redacción fue confusa, se firmó en el mismo momento sin tiempo de lectura y si se otorgó escritura de crédito hipotecario sin que nadie preguntara sobre el entendimiento de la cláusula”, señala.
Por su parte, Santiago Viciano, socio director de V Abogados indica que hay entidades financieras que han dejado de aplicar la cláusula, bajando las cuotas a sus clientes, pero sin efecto retroactivo.
«Otros bancos han llegado a un acuerdo con sus clientes para convertir la hipoteca de interés variable a interés fijo al 2%, incluyendo una letra pequeña donde se les pide que renuncien a cualquier reclamación por cláusula suelo. Pero hay un gran número de personas que aún sufre la aplicación de esta cláusula y pueden reclamar con éxito»», señala Viciano.
El Supremo puso el límite en mayo de 2013
La Comisión Europea ya se ha mostrado favorable a la retroactividad total en la nulidad de las cláusulas suelo, contra el criterio del Tribunal Supremo español, que limitó la devolución a los afectados desde el 9 de mayo de 2013. Por lo tanto, los demandantes pierden las cantidades pagadas antes de esa fecha.
Fuentes financieras consultadas por este diario admiten que el Supremo puso esa limitación “ante la presión del lobby bancario”, con la excusa de que la retroactividad total generaría un impacto inasumible para las entidades. De hecho, el criterio del Alto Tribunal español es contrario a la normativa europea y a la finalidad de la Directiva 93/13 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
Desde las entidades financieras se intenta trasladar la idea de que la citada retroactividad total generaría un agujero de 20.000 millones de euros en sus balances, aunque otros cálculos, como los realizados por Analistas Financieras Internacionales (AFI) rebajan la cifra hasta los 10.000 millones de euros.
Ahora, el Tribunal Supremo ha anunciado que va a suspender todos los procedimientos pendientes relativos a la cláusula suelo, a la espera de que el TJUE se pronuncie. El caso ha llegado al tribunal europeo por petición del Juzgado Mercantil número 1 de Granada, tras una demanda puesta contra BBK Bank Cajasur. En la vista oral celebrada hoy han intervenido letrados representando, además, a Banco Popular y a BBVA.
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