Pradas acusa a la juez de la DANA de vulnerar sus derechos constitucionales con la prueba caligráfica
La ex consellera acusa a la juez de ocultarle que la realización de la prueba caligráfica que le exige es voluntaria
Pradas desliza en su escrito que no irá a realizar la prueba caligráfica ordenada por la juez porque no es obligatoria
Pradas ya ha reconocido la autoría del documento manuscrito que demuestra que el Es-Alert estaba listo antes de las 19:45h
La ex consellera de Emergencias de la Generalitat Valenciana, Salomé Pradas, investigada en el caso de la DANA, ha remitido un recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Valencia en el que, entre otras cuestiones, acusa a la magistrada que instruye la causa, Nuria Ruiz Tobarra, de que la realización de la prueba pericial caligráfica a que quiere someterla «supone una vulneración del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), (…) al no haber sido la recurrente informada de sus derechos, entre ellos que la prueba era voluntaria». De facto, acusa a la juez de no informarla de que la prueba caligráfica a la que la quiere someter no es obligatoria. Salomé Pradas adjunta a su recurso de apelación un acta notarial de reconocimiento de la autoría del documento manuscrito por el que la juez ha ordenado someterla a la prueba.
La ex consellera, además, desliza, finalmente, que «si fuese obligada coercitivamente a confeccionarlo, se incurriría en una privación de libertad constitutiva de detención, con independencia de la vulneración de los derechos». Lo que de facto significa que, si la juez la obliga a efectuar la prueba a pesar de todo, solo irá a realizarla si media detención de la Guardia Civil, que considerará ilegal.
El origen de este conflicto parte de que la juez Ruiz Tobarra ordenó, a finales de marzo, citar a Salomé Pradas para efectuar una prueba pericial caligráfica que verificara que la letra de la nota que entregó al subdirector de emergencias, Jorge Suárez, el borrador del Es-Alert, era la suya. Y Pradas le respondió que la prueba caligráfica no resultaba necesaria, porque ella reconocía que la letra de la citada nota era la suya.
La trascendencia de la autoría del documento parte de que, como quiera que Suárez manifestara que esas notas se las llevó del Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI) sobre las 19:45, el reconocimiento de Salomé Pradas demostraba, según fuentes próximas al caso, que a esa hora, a las 19:45, ya estaban decididos y autorizados los textos del Es Alert y la solicitud de la Unidad Militar de Emergencias (UME) a toda la provincia. Notas que contenía el citado documento. A partir de ese momento, se produjo el proceso técnico de envío.
Pero la juez rechazó el recurso de Salomé Pradas e insistió en que debía hacer la prueba caligráfica. En respuesta a todo ello, ahora, la ex consellera ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que acompaña de la antes citada acta notarial de reconocimiento de la autoría del documento manuscrito.
Salomé Pradas alega en su recurso de apelación (ante la Audiencia) que la resolución que la juez da al recurso de reforma (ante la propia juez) anterior no es suficiente para mantenerla. Y que ella misma reconoció la autoría del documento a través de su defensa letrada.
Pero, además, la defensa de la ex consellera señala que la diligencia solicitada no cumple los requisitos de licitud, pertinencia y necesidad y, lo que es más importante, que la diligencia que se le solicita, la realización de la prueba caligráfica, no es obligatoria.
Finalmente, Pradas se adhiere al recurso presentado el pasado viernes por el ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. Señala la defensa de Salomé Pradas que el auto de la juez recurrido incurre en un «evidente vicio de incongruencia extra petita», al resolver cuestiones ajenas al recurso de reforma que le dio origen.
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