Manos Limpias pide reabrir la causa contra la juez de la DANA y su marido tras los audios de OKDIARIO
Tilda de "irrefutable" que los audios de OKDIARIO "demuestran de manera inequívoca la participación del marido" de la juez
Manos Limpias señala a la juez y su marido por los delitos prevaricación judicial e intromisión o evasión de competencias
El sindicato de funcionarios públicos Manos Limpias ha pedido formalmente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) la reapertura de la querella presentada en julio de 2025 por ese mismo colectivo y ante el mismo Alto Tribunal, contra la juez Nuria Ruiz Tobarra, instructora de la causa de la DANA, y su marido, el también juez, Jorge Martínez Ribera, por los supuestos delitos de prevaricación judicial y de intromisión o evasión de competencias, en calidad de coautores. Es decir, intromisión en el caso del marido de la juez. Y evasión en el caso de la magistrada.
El TSJCV no admitió la querella inicialmente presentada en septiembre de 2025, también contra la juez de la DANA y su marido, al considerar entonces que la parte querellante no aportaba elementos nuevos que apuntasen a una eventual participación del marido de la juez en la causa.
Ahora, Manos Limpias sostiene firmemente que sí hay un elemento nuevo en la causa que «pone de manera inequívoca la participación ilícita del juez del Juzgado de Instrucción 4 de Valencia, Jorge Martínez Ribera, en la instrucción que su esposa, Nuria Ruiz Tobarra, está instruyendo en el procedimiento conocido como la DANA». Y ese elemento, según traslada Manos Limpias también en su querella, lo constituyen los audios destapados por OKDIARIO el pasado 24 de febrero.
En esos audios, tal como publicó ese mismo día OKDIARIO, se escucha con nitidez la voz de Jorge Martínez Ribera —magistrado y marido de la juez instructora Nuria Ruiz Tobarra— interrogando directamente al testigo, interesándose por datos clave para la instrucción y dando instrucciones a la funcionaria que levantaba acta. Todo ello sin tener competencia alguna para intervenir en el procedimiento.
De hecho, Manos Limpias sostiene en su querella que «es incontestable e irrefutable» que la grabación «demuestra de manera inequívoca la participación del marido de la juez de Catarroja». Y añade que «dos víctimas más, «han sido objeto de interrogatorios e intervención del marido de la jueza».
Hay que recordar que Manos Limpias presentó acciones legales contra la magistrada Nuria Ruiz Tobarra y su marido ya el 24 de junio del pasado año 2025. Un mes después, el 22 de julio, también de 2025, Manos Limpias decidió transformar esa denuncia en una querella y presentarla ante el TSJCV. Solicitaba en esa querella, además de lo dicho, que la magistrada Ruiz Tobarra y de su marido, el citado Jorge Martínez Ribera, declarasen ante el Alto Tribunal.
En noviembre de aquel 2025, el TSJ valenciano consideró que respecto a la «eventual participación del marido no se aporta ningún elemento nuevo» que le obligara a revisar lo que a su vez había sido su revisión inicial. Por lo que la citada querella no fue admitida a trámite. Ahora, Manos Limpias entiende que las grabaciones destapadas por OKDIARIO sí suponen un cambio sustancial y acude de nuevo al TSJ valenciano para que proceda a la reapertura de su querella.
Se trata, además, de la segunda querella contra la juez de la DANA y su marido en menos de 10 días tras escándalo destapado en exclusiva por OKDIARIO con la publicación de los audios que demuestran que el juez Jorge Martínez Ribera ha interrogado a varias víctimas del caso de la DANA, cuya instrucción dirige su mujer, Nuria Ruiz Tobarra.
La primera fue la presentada por el abogado, Rubén Gisbert, también ante el TSJCV, por seis supuestos delitos. En concreto: coacciones, revelación de secretos por parte de profesionales obligados a confidencialidad, usurpación de funciones públicas, prevaricación, encubrimiento y omisión del deber de perseguir delito por una autoridad o funcionario publico. Todo ello, según consta en la citada querella, a la que ha ha tenido acceso OKDIARIO. El querellante, que ostenta la representación legal de una de las acusaciones particulares, entiende, además que todos esos delitos fueron cometidos «gravosamente durante el desempeño de función jurisdiccional y profesional en la instrucción del procedimiento».
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