Un juzgado de Valencia condena a Nacho Vidal por conducir sin carnet y bajo los efectos de las drogas
La magistrada impone a Nacho Vidal la privación de conducir vehículos a motor y ciclomotores por dos años
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia
La titular del Juzgado de Lo Penal Número 11 de Valencia ha condenado al actor de cine X Nacho Vidal a dos penas de multa que suman 8.100 euros por dos delitos contra la seguridad vial: conducir bajo la influencia de las drogas y hacerlo sin carnet. Además, la magistrada impone a Nacho Vidal la privación de conducir vehículos a motor y ciclomotores por dos años. La sentencia, no obstante, puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia.
La magistrada ha declarado probado que el acusado fue interceptado por agentes de la Policía Local de Valencia y la Policía Nacional el 3 de octubre del año 2020 tras conducir el vehículo a velocidad muy baja y «de modo errático y zigzagueante». Hecho, que provocó que a punto estuviera de colisionar con otros vehículos.
Los agentes percibieron en la conducta de Vidal síntomas que apuntaban. la ingesta de estupefacientes. Entre ellos, según consta en la sentencia: «Desconexión del entorno, incapacidad para el habla, mirada perdida, pupilas muy contraídas, serias dificultades para mantenerse en pie con continuas» y, también, «súbitas caídas».
La sentencia añade que el actor tenía sus facultades «mermadas por la previa ingesta de GHB». esta última, una droga sintética denominada ácido gammahidroxibutírico y también conocida como éxtasis líquido. Así, lo confirmó la extracción de sangre. que se sometió voluntariamente Nacho Vidal esa misma tarde.
Por ello, el juzgado le considera autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de drogas tóxicas. por este delito, le impone una multa de cuota de 20 euros diarios durante nueve meses, así como la prohibición del derecho a conducir por dos años.
La magistrada le aplica el agravante de reincidencia, porque cuando Nacho Vidal fue interceptado por la Policía, carecía de carnet, ya que lo había perdido por otra sentencia anterior de fecha 29 de junio de 2024, también por conducir sin los puntos necesarios. Por este último delito, le condena al pago de una multa de cuota diaria de 10 euros durante año y medio.
Descarta, sin embargo la sentencia, que las lesiones sufridas por uno de los agentes que sujetó al conductor en un de sus constantes caídas guarde relación con los hechos en que se fundamenta la condena, por lo que exime al condenado del pago de la responsabilidad civil que el policía le reclamaba.
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