La Audiencia de Alicante condena a un padre a 7 años por abusar de sus dos hijas, una de 14 años
También le condena a tres años en los que no podrá realizar profesión, oficio o actividad que conlleve contacto con menores
El condenado abusó también de su hija mayor con tocamientos en diversas ocasiones entre septiembre de 2020 y abril de 2021
Condenado a 3 años y 8 meses de cárcel un padre en Mallorca que abusó de su hija menor de edad
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a siete años de prisión a un padre por abusar sexualmente de sus dos hijas, una de ellas, de 14 años, menor de edad. La Sala considera probado que el acusado cometió los delitos entre septiembre de 2020 y abril de 2021, en el domicilio de su madre, en Alicante, durante el régimen de visitas que tenía con sus hijos tras su divorcio. El Tribunal ha absuelto a la abuela de las niñas y a su compañero sentimental porque no ha encontrado pruebas de su complicidad con los hechos juzgados.
El Tribunal considera hechos probados en la sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, que: «En la noche del día 23 al 24 de diciembre de 2020, estando las dos hermanas durmiendo en el referido domicilio», el padre, «se introdujo en la habitación». A una de ellas, menor, de 14 años, la despertó tras subirle la parte superior del pijama y realizarle tocamientos. La menor empujó a su padre y consiguió sacarle del cuarto. Pero poco después volvió e hizo lo mismo con la otra hija, de 19 años.
La sentencia considera también probado que el ahora condenado abusó de su hija mayor con tocamientos en pechos y genitales en diversas ocasiones entre septiembre de 2020 y abril de 2021, aprovechando que la chica residía en la vivienda de abuela materna por causa de estudios.
Así, como autor de un delito continuado de abuso sexual, le impone tres años de prisión y por otro delito de abuso sexual a menor de 16 años le condena a otros cuatro años de cárcel. En este caso, el Tribunal ha aplicado el código penal anterior, que era el vigente en el momento de los hechos, al entender que resulta más favorable al reo.
Además, le ha impuesto seis año de libertad vigilada, que debe cumplir con posterioridad a la pena anterior y otros tres años de inhabilitación especial en los que no podrá realizar profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores. La sentencia puede ser recurrida en apelación al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
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