Andalucía

Declaran culpable al senegalés que mató a su mujer en Jaén: «La amenazó con llevarse a su hija a su país»

Un hombre de origen senegalés ha sido este miércoles declarado culpable de asesinato tras estrangular a su mujer, de 37 años, en su vivienda de Arroyo del Ojanco (Jaén). El jurado, conformado por cinco hombres y cuatro mujeres, ha emitido su veredicto declarando por unanimidad culpable al hombre, seis años mayor que ella. La pareja tenía una hija de solo cuatro años, y que dormía en una habitación contigua en el momento del asesinato. Según la Fiscalía, las discusiones se incrementaron cuando la víctima reprochaba al hombre las cantidades de dinero que éste enviaba a Senegal, país con el que amenazaba con llevarse a la hija de ambos si ella no le daba «más hijos».

El hecho de que las forenses encargados de la autopsia declararan que la muerte se produjo con estrangulamiento y dataran la hora en las 3:42 horas fue para el jurado una de las claves del caso, ya que el acusado venía sosteniendo que abandonó la vivienda sobre las 6:30 horas y que dejó a su mujer en la cama durmiendo. Fue el padre de la víctima el que encontró el cadáver, sobre las 11:30 horas, y el que alertó a los servicios sanitarios.

El acusado negó en su declaración tener problemas de pareja en su matrimonio y definió la relación como «buena» y con las discusiones «normales». No obstante, fue la propia víctima la que en una libreta relató, entre otras cuestiones, cómo se sentía en su matrimonio y en la que aparecían dibujos en los que representó a su marido como un «monstruo» en actitud amenazante frente a ella que aparece como un ser encogido por los gritos.

El entorno de familiares y amigos más próximos de Toñi también declaró ante el jurado que había «problemas» en la pareja y que ella meses antes de morir ya había mostrado su deseo de separarse.

Tras la lectura del veredicto, Fiscalía solicitó para el acusado una pena de 23 años de cárcel por el asesinato de Toñi. Además de la pena de prisión, el Ministerio Fiscal ha solicitado la prohibición de aproximarse y comunicarse con su hija y los padres de la víctima durante los diez años siguientes a la duración de la pena que resulte impuesta. También se pide que participe durante cinco años en talleres de lucha contra la violencia sobre la mujer y de adquisición de perspectiva de género.

En lo que respecta a la responsabilidad civil, Fiscalía solicita que indemnice a su hija en 100.000 euros y en otros 100.000 euros para los padres de la víctima por los daños morales causados con la muerte de su única hija. A todo ello se ha sumado la Junta de Andalucía que ha ejercido la acusación popular.

El Ministerio Público y la acusación popular han mantenido que el acusado inició una relación sentimental con la víctima en 2012. En 2014 tuvieron una niña y en 2015 se casaron. Hasta el nacimiento de la bebé, la relación era «buena», pero a partir de ese momento las cosas cambiaron y comenzó el aislamiento social de la víctima que dejó incluso su trabajo como profesora de inglés.

Las discusiones, según Fiscalía, fueron en aumento. Ella le reprochaba que se gastara gran parte del dinero en enviarlo a Senegal donde vivía la familia del acusado y él amenazaba con llevarse a la niña a su país si ella no aceptaba darle más hijos. Según Fiscalía, la actitud de él hacía ella se tornó «déspota» hasta el punto de «anularla como mujer».

El 5 de abril de 2019, en presencia de la madre de la víctima, se produjo «una fuerte discusión» en la que el acusado «gesticuló y alzó los brazos en actitud de superioridad hacia su esposa». Esa noche ella decidió poner fin a la relación y así se lo comunicó su tía en una conversación telefónica.

Horas más tarde, en la madrugada del 6 de abril de 2019, el acusado aprovechando que su mujer dormía y se encontraba «indefensa», «con el ánimo de acabar con su vida le causó de manera violenta la muerte por asfixia mecánica por compresión extrínseca del cuello». En el momento en el que ocurrieron los hechos, la niña, de cuatro años, dormía en una habitación contigua.

Los servicios médicos no certificaron la causa del fallecimiento, por lo que se activó el protocolo judicial e intervino la Comisión Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Villacarrillo (Jaén), que entonces incoó diligencias previas.

Durante el levantamiento del cadáver y la posterior autopsia, tanto los agentes de la Unidad Orgánica de Policía Judicial como los forenses apreciaron señales y marcas compatibles con una muerte violenta.

No obstante, quedaba pendiente el estudio de las muestras biológicas y las evidencias recogidas durante la inspección técnico ocular por el Instituto de Medicina Legal, con el objetivo de establecer el mecanismo de la muerte y su etiología criminal.

La detención del marido no fue inmediata. En un principio, la causa de la muerte quedó pendiente de lo que dijera la autopsia y el 8 de mayo el Juzgado de Villacarrillo decretó el sobreseimiento provisional a la espera de todos los resultados solicitados al amparo de la autopsia. Tres meses después del fallecimiento, el 24 de julio llegó el informe de la autopsia en el que se determinaba que la muerte había sido de naturaleza violenta.

La investigación terminó en marzo de 2020 con la detención y el ingreso en prisión provisional del marido de la víctima como presunto autor del asesinato y donde ha permanecido a la espera de la celebración del juicio.

Una vez emitido el veredicto, será la magistrada presidenta del jurado la que dicte la correspondiente sentencia en la que fijará los años de prisión.