Andalucía

Así será la rebaja fiscal en Andalucía acordada entre Vox, PP y Cs

La rebaja fiscal acordada entre Vox y la Junta de Andalucía avanzada en exclusiva por OKDIARIO, afectará al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al Impuesto de Patrimonio, al de Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), y Tributos sobre el juego (TJ).

A continuación, los principales cambios:

IRPF

PATRIMONIO

SUCESIONES Y DONACIONES

TRANSMISIONES Y ACTOS JURÍDICOS 

IEDMT

VIVIENDA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):

Mejora la actual deducción por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual.  

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD):

Mejora de reducción de la base imponible por la adquisición “mortis causa” de vivienda habitual.

Mejora de la reducción propia por la donación de vivienda habitual a descendientes. 

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).

Mejora de los Tipos de gravamen reducido para promover una política social de vivienda tanto en TPO como en AJD.

POLÍTICAS SOCIALES Y DE APOYO A LA FAMILIA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Mantenimiento de la deducción por adopción internacional.

Mantenimiento de la deducción para familias monoparentales y con ascendientes mayores de 75 años.

Mejora de la actual deducción por nacimiento y adopción de hijos.

Mejora de la actual deducción por ayuda doméstica.

Mejora de la actual deducción por gastos de familias numerosas.

Se crea una deducción por gastos educativos.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

Mejora de la reducción de la base imponible por la adquisición “mortis causa” por personas con parentesco

Con la modificación propuesta de esta medida Andalucía se encontraría siguiendo la línea de otras CCAA:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD). 

Se mantiene la bonificación en la cuota tributaria en la constitución y en el ejercicio de opción de compra en contratos de arrendamiento vinculados a determinadas operaciones de dación en pago. 

POLÍTICAS DE APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

Mejora de la deducción por asistencia a personas con discapacidad. 

Mejora de la deducción autonómica para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad. 

Mejora de la actual deducción para contribuyentes con discapacidad. 

Por tanto, la medida de Andalucía podría considerarse que está entre las de mayor alcance en cuanto al número de personas beneficiarias, no tanto por la cuantía.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP). 

Se establece un mínimo exento a personas con discapacidad.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). 

Mejora de la reducción de la base imponible para contribuyentes con discapacidad por adquisiciones “mortis causa”.

POLÍTICAS DE APOYO A LAS EMPRESAS Y EL EMPLEO 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Mejora de la actual deducción por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en determinadas sociedades mercantiles. 

Casi todas las CCAA tienen establecida una mejora o reducción propia por discapacitados a excepción de Aragón y Murcia.

Con la modificación propuesta Andalucía sería la Comunidad con el beneficio general más amplio para discapacitados porque únicamente La Rioja y Asturias establecen una reducción del 100% para discapacidad superior al 65% añadiendo además el requisito de patrimonio preexistente.

Mantenimiento de la deducción por gastos de defensa jurídica de la relación laboral.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). 

Mejora de la reducción estatal de la base imponible por la adquisición “mortis causa” e “inter vivos” de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades.

Se propone dividir el contenido de estos artículos en dos, por un lado las adquisiciones de empresas individuales y negocios profesionales, y en otro artículo la reducción por participaciones en entidades.  Además, este artículo pasa a ser aplicado también a las explotaciones agrarias.

Se mantiene el beneficio fiscal, si bien se mejora:

Casi todas las CCAA tienen establecida una mejora o reducción propia para adquisición de empresas familiares. Con esta medida propuesta se situaría en la Comunidad con un beneficio más amplio respecto a los requisitos no exigidos para la aplicación del mismo.

En cuanto a porcentaje de reducción (99%) se sitúa por encima de Cataluña y Madrid (95%).

Mantenimiento de la reducción por donación de dinero a parientes para la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).

Mantenimiento del tipo de gravamen reducido en TPO y en AJD para determinadas operaciones en las que participen las Sociedades de Garantía Recíproca o las sociedades del sector público cuyo objeto sea la prestación de garantías.

JUEGO

Tipos de gravamen y cuotas fijas.

Las tasas sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias, quedan exentos del pago de las mismas, la celebración de rifas o tómbolas por entidades con fines benéficos, religiosos, culturales, turísticos, deportivos o ambientales legalmente autorizadas e inscritas en el registro correspondiente, siempre que el valor total de los premios ofrecidos no exceda de 5.000 euros (antes de 3.000 euros).

Cuota Tributaria. 

a) Rifas y tómbolas: 15% (antes 20%) con carácter general. Si son declaradas de utilidad pública: 10%.

Además, se establece un tipo de 30 euros para las tómbolas de duración inferior a 15 días cuyos precios ofrecidos diariamente no excedan de un valor total de 1.000 euros (el contribuyente puede optar entre esta cuota o la aplicación del tipo general).

b) Apuestas: tipo general 10%. Apuestas hípicas: 3%.

c) Combinaciones aleatorias: 15% (antes del 12%), con carácter general.

Se propone modificar el tipo aplicable a las rifas y tómbolas y combinaciones aleatorias, de tal forma que a todas se les aplica el 15%.

Además, se eliminan las tarifas aplicables a tómbolas por razón de la población, estableciéndose una tarifa fija de 30 euros para las tómbolas celebradas con duración inferior a 15 días, cuyos premios ofrecidos no sea superior a 1.000 euros (el contribuyente puede optar entre esta cuota o la aplicación del tipo general).

POLÍTICAS MEDIOAMBIENTALES 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

Crear una deducción por donativos con finalidad ecológica. 

Derecho comparado:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD). 

Tipo de gravamen reducido para la adquisición de vehículos no contaminantes.

POLÍTICAS DE RETO DEMOGRÁFICO

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Mejora de la actual deducción por nacimiento y adopción de hijos, ampliándola a determinados municipios con problemas de despoblación.

Derecho comparado Reto demográfico: Asturias, Galicia, Aragón y Castilla y León.

Con esta modificación, Andalucía se situaría entre las pocas Comunidades Autónomas que han adoptado una medida para hacer frente al reto demográfico apoyando a la natalidad, acogimiento, o adopción. Además, el importe de la deducción se sitúa en la media, estando por encima del establecido en Asturias y en Aragón.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).

Tipos Reducidos

Derecho comparado Reto Demográfico: La Rioja, Galicia y Castilla y León.

Con esta modificación Andalucía pasaría a ser una de las Comunidades Autónomas que tiene recoge una medida para hacer frente al reto demográfico a través de la adquisición de la vivienda habitual.

POLÍTICAS DE SIMPLIFICACIÓN

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

Nuevo plazo de presentación de la autoliquidación para los hechos imponibles sujetos al Impuesto sobre Donaciones. 

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).

Nuevo plazo de presentación de la autoliquidación para los hechos imponibles sujetos al ITPAJD. 

Derecho Comparado: Cataluña.

Justificación de la exención prevista en el artículo 45 I. B. 17 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Para la justificación de la exención concedida con carácter provisional por la venta del vehículo adquirido dentro del año siguiente a su adquisición, será suficiente el cambio de titularidad del vehículo ante la Dirección General de Tráfico en dicho plazo.

TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO

Lugar, forma y plazo del ingreso.