Si te ha caducado la ITV durante el Estado de Alarma, estos son los nuevos plazos para pasarla
El principal objetivo es evitar el colapso de las estaciones ITV
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Todos los vehículos a los que les haya caducado la ITV durante el Estado de Alarma, tendrán una prórroga para que puedan pasar la revisión. La orden SND/413/2020 del Ministerio de Sanidad publicada este fin de semana en el BOE establece los diferentes plazos, en función de la fecha de caducidad. Además, a partir del 18 de mayo reabren todas las estaciones ITV de España.
En términos legales, si te ha caducado la ITV durante el Estado de Alarma, el periodo para pasar la inspección ya se había ampliado 30 días naturales desde el fin del Estado de Alarma. Ahora se añaden 15 días extra por cada semana transcurrida desde el 14 de marzo.
Los plazos añadidos a contar desde la fecha en la que termina el Estado de Alarma quedan de la siguiente manera:
- Del 14 al 20 de marzo: 45 días
- Del 21 al 27 de marzo: 60 días
- Del 28 de marzo al 3 de abril: 75 días
- Del 4 al 10 de abril: 90 días
- Del 11 al 17 de abril: 105 días
- Del 18 al 24 de abril: 120 días
- Del 25 de abril al 1 de mayo: 135 días
- Del 2 al 8 de mayo: 150 días
- Del 9 al 15 de mayo: 165 días
- Del 16 al 22 de mayo: 180 días
- El 23 de mayo (Fecha prevista, por el momento, del final del Estado de Alarma): 195 días
Cabe destacar que los periodos de gracia no computan a efectos de la renovación. Es decir, si tu coche tenía como fecha límite el 10 de abril para pasar la ITV pero no acudes hasta el 16 de junio, por ejemplo, al año siguiente, o cuando corresponda, tendrás como fecha límite la primera, el 10 de abril.
Circular sin ITV supone una sanción económica que oscila entre los 200 y los 500 euros. Sin embargo, ahora puedes seguir circulando con total tranquilidad, y 100% cubierto por el seguro. Las sanciones sólo se contemplan para los coches que tuvieran que pasar la inspección antes del 14 de marzo, fecha en la que se decretó el Estado de Alarma.
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