Lo que pasa si entras con tu perro a un restaurante con la nueva Ley Animal
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Con la reciente aprobación de la Ley de Bienestar Animal en el Congreso de los Diputados, son muchas las dudas que están surgiendo entre los dueños de mascotas. Una de las más repetidas en los últimos días es si la Ley de Bienestar Animal permite entrar con el perro a un restaurante.
Para responder a esta cuestión, lo primero a tener en cuenta es que la nueva norma considera a las mascotas como «seres sintientes». Precisamente, una de las principales claves de la ley es la que hace referencia al acceso con animales de compañía a establecimientos, espacios públicos y medios de transporte.
El artículo 29.2 especifica lo siguiente: «Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas».
Ahora bien, únicamente podrán acceder a «zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica».
Por lo tanto, sí es posible entrar a un restaurante con el perro según la Ley de Bienestar Animal, siempre y cuando el establecimiento lo permita. En caso de que no lo haga, debe «mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento».
El artículo 29.5 especifica cuáles son las obligaciones de los dueños que entren en un establecimiento con su mascota: «Las personas responsables de animales de compañía que puedan acceder a los transportes y establecimientos y lugares señalados en los apartados anteriores, deberán llevar al animal conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad que se determinen por el propio establecimiento o medio de transporte, así como la legislación sectorial específica».
Ley de Bienestar Animal: las claves
La nueva norma tendrá un «listado positivo» de animales que sí se pueden tener como mascotas. Aunque por ahora no ha sido publicada, sí se sabe que únicamente estarán incluidos los perros, gatos, conejos, hurones y roedores. Animales silvestres, como los erizos, o animales exóticos, como los loros, no se podrán tener como mascotas.
Cabe señalar que la ley no se aplicará de manera retroactiva. Por lo tanto, quienes tengan algún animal que no esté incluido en el «listado positivo» podrán conservarlo. Lo único es que no podrán adquirir otros de ahora en adelante.
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