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Confirmado por la Ley de Bienestar Animal: se prohíbe a los dueños de perros y gatos usar cualquier utensilio que limite su movilidad y se contemplan multas

  • Carmen Ruiz
  • Carmen Ruiz Rodríguez (Madrid, 2005) es estudiante de periodismo en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) desde el año 2023. Es especialista en periodismo de SEO y en información de actualidad. Con experiencia en comunicación empresarial y radio.

El cuidado hacia nuestras mascotas es algo fundamental para garantizar su bienestar. Por eso, encontramos la Ley de Bienestar Animal, que establece un conjunto de obligaciones y prohibiciones para garantizar la protección de los animales de compañía a nivel nacional. Una de las normas recogidas en esta ley afecta directamente a los propietarios de perros y gatos, prohibiendo la utilización de sistemas concretos para limitar su movilidad.

La Ley 7/2023 del 28 de marzo sobre la protección de los derechos y el bienestar de los animales está en vigor desde el 29 de septiembre de 2023 y establece un conjunto de obligaciones para las personas responsables de animales de compañía.

¿Qué recoge la prohibición?

El artículo 25 de la normativa recoge cuáles son esas conductas que están completamente prohibidas. Es decir, la Ley impide utilizar «cualquier artilugio, mecanismo o utensilio destinado a limitar o impedir su movilidad en un punto fijo», excepto que exista algún tipo de prescripción veterinaria que responda al bienestar animal.

Esto significa que los propietarios no pueden mantener a sus mascotas inmovilizadas de manera normal mediante cuerdas, cadenas, correas u otros mecanismos que impidan la libre movilidad cuando permanezcan en un espacio fijo. El objetivo de esta norma es reconocer a los animales como seres dotados de sensibilidad. Además, la propia ley establece entre sus objetivos fomentar un cuidado responsable, proteger los derechos y el bienestar de los animales y luchar contra el maltrato y el abandono.

En el caso de dejar a la mascota atada sin supervisión

Por otro lado, el artículo 27 de la normativa prohíbe mantenerlos atados o paseando por espacios públicos sin la supervisión presencial de su dueño. Además, los perros y gatos no pueden estar en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos.

Al mismo tiempo, los perros no tienen permitido permanecer sin supervisión durante más de 24 horas seguidas. En el caso del resto de animales de compañía, el límite general establecido es de tres días seguidos. Por lo tanto, la Ley de Bienestar Animal obliga a que los propietarios garanticen un buen cuidado y bienestar de su mascota para evitar prácticas que impidan su libertad de movimiento.