El Supremo consultará al Tribunal Europeo de Justicia si la regularización masiva vulnera las normas de la UE
El Tribunal Supremo ha planteado a las comunidades autónomas que recurrieron la regularización extraordinaria de inmigrantes, impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez, que se pronuncien sobre la procedencia de formular cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ante la «duda» de «si podría entrar en colisión» con la normativa de derecho comunitario.
A través de dos providencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo da un plazo de cinco días a las partes para que puedan expresar su parecer respecto a consultar al TJUE, tras los recursos interpuestos por la Comunidad Valenciana y Aragón contra determinados aspectos del real decreto del pasado 14 de abril de regularización de inmigrantes.
El Tribunal Supremo, en dichas resoluciones, da traslado a las partes para que en el plazo de cinco días puedan expresar su parecer acerca de la procedencia de formular ante el TJUE «una cuestión prejudicial interpretativa en relación con una serie de extremos del real decreto que en su caso podrían entrar en conflicto con el derecho de la UE». Estas providencias han sido dictadas por el tribunal antes de resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por las comunidades autónomas indicadas.
El Supremo pide a las partes que manifiesten su parecer sobre la compatibilidad con el denominado Convenio Schengen, el reglamento europeo de esta materia y el Tratado de la UE «de una medida adoptada por un Estado miembro mediante una norma reglamentaria de rango infralegal en el marco de una regularización de carácter masivo y sin que conste coordinación previa al respecto con los demás Estados miembros».
El Alto Tribunal explica que, en virtud del real decreto, «un nacional de un tercer país que resulte beneficiario de primera autorización de residencia temporal de un año adquiere derecho a circular libremente por el espacio Schengen durante noventa días en periodos de ciento ochenta». Además, se recuerda que la UE aprobó en 2024 el Pacto de Migración y Asilo por el que los estados miembros asumieron nuevas obligaciones que se han plasmado en normas que establecen un procedimiento común en materia de protección internacional en la Unión.
Además, añade que el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España «contiene un proceso que constituye un supuesto de regularización normativa de la obtención de permisos de residencia para extranjeros en situación irregular en España».
«No se trata, pues, de un reconocimiento individualizado de dicho permiso sino de un régimen general a nivel normativo para todos aquellos ciudadanos de terceros países que se encontrasen en España en situación irregular debiendo reunir determinadas condiciones», agrega el Supremo, a la vez que advierte de que «el régimen de regularización establecido en el Real Decreto suscita la duda de si podría entrar en colisión con las normas que implementan el Pacto de Migración y Asilo de la UE».
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