Problemas para Sánchez: la Fiscalía del Supremo pide sentar ya en el banquillo a la fugada Ponsatí
El Ministerio Público ha enviado esta petición después de que Llarena dictase un auto de conclusión de sumario contra Ponsatí
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La Fiscalía del Tribunal Supremo solicita a la Sala de lo Penal que se abra juicio oral ya para que la eurodiputada de Junts Clara Ponsatí sea condenada por un delito de desobediencia, según ha podido saber OKDIARIO en primicia. El Ministerio Público ha enviado al Alto Tribunal esta petición, este miércoles, continuando el proceso después de que el instructor, Pablo Llarena, dictase el pasado julio un auto de conclusión de sumario contra la ex consejera catalana por los delitos cometidos durante la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre.
Llarena puso fin a las pesquisas, al considerar que ya no precisaba ninguna indagación más, cuando Ponsatí fue detenida el 24 de julio después de que ella misma anunciara en sus redes sociales que se encontraba en Barcelona, a pesar de la orden de busca y captura nacional que pesaba en su contra.
Llarena acordó que fuera el Juzgado de Guardia de Barcelona quien la tomara declaración para comunicarle su procesamiento por desobediencia y poder continuar así el procedimiento penal en su contra.
La ex consejera se acogió a su derecho a no declarar, tras lo cual quedo libre, tal y como había dispuesto el instructor del procés, aunque con la imposición de designar domicilio en España para recibir notificaciones judiciales.
Segunda detención
Se trata de la segunda vez que Ponsatí es detenida en Barcelona por orden del Supremo. Ya lo fue el 28 de marzo y entonces fue puesta en libertad con la obligación de que acudiera a declarar ante Llarena el 24 de abril, pero se ausentó alegando, primero, que tenía trabajo en la Eurocámara y, segundo, que estaba amparada por su inmunidad como eurodiputada.
Tras este plantón, el instructor volvió a dictar orden de busca y captura nacional contra Ponsatí con el único objetivo de que pueda comunicarle su procesamiento por un delito de desobediencia y continuar así el procedimiento penal en su contra, que hasta el pasado marzo estaba paralizado por encontrarse prófuga en Bruselas.
Llarena resolvió que había faltado a su cita con el Supremo «injustificadamente», al considerar que se podían haber buscado fórmulas para que compareciera incluso desde Estrasburgo; mientras que la segunda cuestión planteada por Ponsatí la contestó el Tribunal General de la UE (TGUE) el pasado 5 de julio al levantar la inmunidad que retenían cautelarmente la ex consejera, el también ex consejero Toni Comín y el ex presidente catalán Carles Puigdemont.
De esta forma, el TGUE despejó el camino para que Llarena, previa petición de los fiscales del procés, pueda reactivar las euroórdenes contra Puigdemont y Comín. No obstante, en el caso de Ponsatí ya no es posible porque ha quedado procesada por un delito sin cárcel.
Delito sin cárcel
El horizonte penal de Ponsatí se despejó tras la entrada en vigor el 12 de enero de la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, obligando a Llarena a revisar el procesamiento de los huidos del procés.
Hasta ese momento, la ex consejera estaba procesada por sedición, por lo que la desaparición de este delito –penado con entre 10 y 15 años de cárcel e inhabilitación– propició que el magistrado lo sustituyera por el de desobediencia, castigado con multa de 3 a 12 meses e inhabilitación de 6 meses a 2 años.
Aunque, tanto Fiscalía como Abogacía del Estado, solicitaron al instructor que sumara el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, con penas de 3 a 5 años de cárcel y 6 a 8 de inhabilitación, Llarena lo descartó.
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