Juristas califican de “meras críticas” y no de «delito de odio» los tuits contra los hijos de Iglesias y Montero
El vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias y la ministra de Igualdad, Irene Montero han presentado una denuncia en la Comisaría Especial de la Policía Nacional del Congreso de los Diputados contra varios tuiteros que, según ellos, “realizaron graves manifestaciones contra nuestros tres hijos donde claramente se incita al odio y a la violencia siendo constitutivas tales expresiones de un delito de odio previsto y penado en el artículo 510 de Código Penal”.
Los tuis denunciados por los dirigentes de Podemos son: “Me pregunto a qué colegio pretenderán llevar el coleta e Irene a sus hijos porque van
a ser carne de colleja”, y otro que decía: “Cuando lo anuncien llevaré a mis hijos a ese colegio para que los inflen a hostias”.
Según exponen, literalmente en la denuncia, a su juicio, “ambos mensajes han tenido una enorme repercusión en redes sociales con amplia difusión pues han sido miles los retuits y comentarios realizados”, y añaden que, “en ese sentido, es importante destacar la gravedad de las manifestaciones pues no sólo las mismas son claramente incitadoras al odio y a la violencia, sino que se realizan respecto de tres menores, nuestros hijos, que deben gozar de una especial protección que aquí invocamos y cuyo interés debe salvaguardarse”.
Delito de odio
Juristas especializados en delitos de odio, consultados por OKDIARIO, dudan del recorrido que puede tener la denuncia presentada por Pablo Iglesias e Irene Montero y explican que «la ideología está dentro de los supuestos por los que se cometen los delitos de odio y se trata de una categoría que está desdibujada, cuando se dirige contra un colectivo vulnerable».
En este sentido, recuerdan la instrucción de la Fiscalía, muy criticada en su momento, respecto de la posibilidad de que se puedan cometer delitos de odio contra neonazis si se hace por razón de la ideología. «Lo primero que cabría analizar en este caso es si se está haciendo por razón de una ideología concreta o por razón de una gestión del Gobierno”, añaden.
Opinan que “en ese caso, nos encontraríamos en una mera crítica, por dura que parezca y, si se hace por ideología, ya podríamos entrar dentro de los límites del delito de odio. Ahora bien, para que exista un delito de odio no simplemente se necesita que se diga algo malo de una persona por su ideología, en este caso, de sus hijos, sino que se incite de alguna manera al odio”.
Por ello, recuerdan que “si tenemos en cuenta los últimos casos que se conocen de ideología, como es del hombre atacado por llevar unos tirantes con la bandera española, cuyo acusado fue absuelto de asesinato, aunque luego se ha revocado, veremos que para hablar de odio por razón de ideología quizás es necesario algo más».
Es más, en referencia a lo que los juzgados consideran delito de odio y lo que no, destacan por ejemplo que los tuits dirigidos a los miembros del PP cuando se asesinó a la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco, que decían que «todos los del PP al paredón» no fueron catalogados como tal.
Pablo Iglesias e Irene Montero mencionan además en su denuncia que sus hijos deben de gozar de una especial protección, en clara referencia a la nueva Ley de la Infancia aprobada por el Consejo de Ministros.
Dicha ley incluye a los menores dentro de los delitos de odio. Sin embargo, lo que el vicepresidente y la ministra no le dicen a la Policía es que esa ley no es efectiva puesto que se encuentra en trámite y no ha sido publicada.
Fuentes de la Fiscalía de Menores consultadas por OKDIARIO explican que “la ley está en fase de trámite, pues se da dicho trámite para presentación de audiencia. También debería haber trámite a interesados y, además, deben informar el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el Consejo de Estado, salvo que se hubiera hecho una tramitación de urgencia, que no es el caso”.
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