Oriol Pujol entra en la cárcel y se convierte en el primero del clan en cumplir condena entre rejas
El exdiputado de CiU en el Parlament Oriol Pujol ha ingresado en prisión este jueves a las 16 horas en el centro penitenciario de Brians 2, en Sant Esteve Sesrovires (Barcelona), para cumplir la condena de dos años y medio impuesta por la Audiencia de Barcelona por el caso ITV, han informado fuentes de la Secretaria de Medidas Penales de la Conselleria de Justicia.
Oriol Pujol ha renunciado a presentar recurso de súplica contra la decisión de la magistrada de la Sección 20 de la Audiencia –que no admitió su petición de suspensión de la pena y ordenó en el plazo de diez días su ingreso en prisión–, lo que hubiera suspendido el ingreso efectivo hasta la firmeza de la resolución.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) han explicado que se le notificó la decisión el 9 de enero, y el tribunal le dio diez días para ingresar voluntariamente en prisión, advirtiendo de que si no, se acordaría su detención.
La magistrada encargada de resolver la ejecución de la condena impuesta a Pujol por los delitos de tráfico de influencias, delito continuado de cohecho y de falsedad en documento mercantil acordó en un auto del 8 de enero denegar la petición de suspensión de la pena de prisión que solicitó la defensa de Pujol.
Oriol Pujol defendió, en una vista convocada el 10 de diciembre en la Audiencia, sustituir su pena de dos años y medio de cárcel por una pena de trabajos en beneficio de la comunidad, y reiteró su arrepentimiento por los hechos –«Me he visto con ojos de este procedimiento y no me he gustado a mí mismo»–.
El abogado de Pujol, Xavier Melero, argumentó que la suspensión de la pena de cárcel técnicamente era posible –porque Pujol no es reo habitual y las penas de los tres delitos por los que fue condenado por separado no superan los dos años–, y defendió ante los medios que los trabajos en beneficio a la comunidad tienen «eficacia ejemplarizante y comunicativa una vez se ha producido la confesión y la reparación del daño».
La defensa también alegó en la vista que Pujol había reparado en buena parte el daño simbólico por el reconocimiento público de los hechos, y destacó que había renunciado a su actividad política y pública, comportando una ‘pena natural’ que implicó la «destrucción» de su carrera política y profesional, lo que elimina el riesgo de reincidencia, según recoge el auto.
Pujol expuso que su ingreso en prisión perjudicaría gravemente su entorno familiar –tiene a tres hijos a su cargo– y su arraigo laboral y social, en plena recomposición ya que había conseguido «esforzadamente» rehacer su vida laboral, y que estaba trabajando como voluntario en entidades sociales.
En la vista, según detalla la Audiencia, Pujol reconoció su error, recordó que había colaborado con la justicia, y explicó que ha notado «el desprecio y la decepción de mucha gente», además de resaltar su vocación política y cómo se había truncado su proyecto vital y está estigmatizado socialmente.
Hechos muy graves
La Audiencia rechazó la petición argumentando que Pujol cometió hechos «muy graves» porque en lugar de prestar el servicio a la sociedad inherente a sus cargos políticos –fue presidente del grupo parlamentario de CiU, secretario general adjunto y secretario general de CDC– se aprovechó en beneficio propio.
«No actuó en interés del pueblo al que representaba (era diputado) sino en el suyo propio», y no fue de forma aislada sino que actuó desde su privilegiada posición política y actividad pública hasta el 2010 a 2012, percibiendo comisiones dinerarias a través de empresas regentadas por su esposa, afirma la Audiencia.
El tribunal aseveró que su actuación «ha supuesto un ataque muy importante» al Estado de derecho, pues a su entender afecta a su propia esencia y provoca desconfianza en la ciudadanía hacia sus representantes.
Insistió en que no hay ningún elemento que aconseje suspender la pena y atender a la petición de Oriol Pujol ya que, con su ingreso en prisión para cumplir su condena, «se restablece la confianza del ciudadano en la norma jurídica, lo que no se lograría en caso contrario, por cuanto ante la suspensión de las penas de prisión impuestas por la comisión de tan graves hechos se vería desprotegido por el ordenamiento jurídico».
Así, la magistrada María del Carmen Zabalegui se alineó con la tesis de la Fiscalía, que se había opuesto a la suspensión al tratarse de una condena por delitos relacionados con la corrupción política, «por la necesidad de mantener la confianza de la población en el derecho».
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