Caso Junqueras: la Junta Electoral avala la inhabilitación automática de los condenados por sedición
La Junta Electoral Central tendrá en sus manos la inhabilitación de Oriol Junqueras en su sesión del próximo viernes. Expedientes del organismo avalan la "incompatibilidad" del cargo
La Junta Electoral Central (JEC) tiene en sus manos impedir que Oriol Junqueras pueda adquirir la condición de eurodiputado. Expedientes del organismo, que decidirá sobre este asunto el próximo viernes, avalan la suspensión automática para el cargo de los condenados por sedición, entre otros delitos.
La decisión de la Junta se adelantará así a la del Tribunal Supremo, que procederá a la discusión sobre el líder de ERC tras el parón navideño, a partir del 7 de enero.
La petición ha sido activada por PP y Ciudadanos, partidos que han solicitado a la Junta Electoral que comunique al Parlamento Europeo que Junqueras ha perdido la condición de eurodiputado debido a la condena firme a 13 años de prisión y otros 13 de inhabilitación por los delitos de sedición y malversación.
En el escrito de los ‘populares’ se destaca que el artículo 6.2 de la Ley Electoral establece que resultan «inelegibles» los «condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad en el periodo que dure la pena».
En este sentido, exponen que «la inelegibilidad afecta al acto electoral en su raíz y comporta, en el caso, por ser sobrevenida la pérdida de la condición representativa adquirida, la de diputado del Parlamento Europeo, al haber sido inhabilitado en virtud de sentencia firme, por la comisión de un delito de sedición».
Añaden también que el propio Tribunal Supremo, en sentencia reciente (de abril), considera que el artículo mencionado, en su última reforma, «tiene un sentido omnicomprensivo no limitativo en lo que concierne al artículo 23.2 de la Constitución, en aras a una mayor protección de las instituciones públicas haciendo emerger una orientación más cercenadora respecto a condenados a la pena de inhabilitación especial de empleo o cargo público».
Y señalan que: «Las causas de inelegibilidad lo son tambien de incompatibilidad, de aplicación a todos los procesos electorales, incluidas las elecciones al Parlamento europeo».
Varios expedientes a favor
En concreto, la Junta Electoral se pronunció en ese sentido en un expediente, de julio de 2018, en el que avala la «inelegibilidad» de los condenados por delitos, entre otros, de sedición y alega que dicha condena no sólo es causa de «inelegibilidad» sino de «incompatibilidad» y, por tanto, comporta la «suspensión de cargos públicos». En dicho contexto, afirma el organismo que procede a declarar la «correspondiente vacante» y a «tramitar la oportuna credencial al candidato que corresponda».
La tesis se refuerza en otro expediente similar, de 2016, en el que se destaca que delitos como el de sedición (además de rebelión y otros contra la Administración Pública) «por su naturaleza y gravedad afectan particularmente al ejercicio de los cargos electos».
Esa inhabilitación, además, resulta automática para el organismo. En abril de este año, por ejemplo, determinó en otro expediente -relativo a la sustitución de un concejal por un delito de prevaricación- que la «incompatibilidad sobrevenida se produce ex lege», de forma inmediata y sin que medie más procedimiento. «Lo contrario», se avisa, «produciría una dilación indebida de la ejecución de una sentencia judicial, lo que afectaría al derecho fundamental al cargo público de quien deba sustituir» al cargo en cuestión.
En noviembre, la Junta Electoral Central ya desestimó el recurso de ERC en el que se solicitaba que se restituyese a Oriol Junqueras, ya condenado, como su candidato a las elecciones del 10-N. El organismo consideró que no procedía atender dicha reclamación porque el dirigente había sido condenado y por tanto, era «inelegible». La defensa de Junqueras había solicitado además en su recurso la puesta en libertad del líder de ERC.
La Junta Electoral Central tomará la decisión en base a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE , que estableció que la inmunidad de Junqueras como eurodiputado empezó el mismo día de las elecciones al Parlamento europeo, el 26 de mayo.
Antes se conocerá el escrito de la Abogacía del Estado, que tiene de plazo hasta el día 2 para presentar sus conclusiones. En junio, los servicios jurídicos del Estado se mostraron favorables a que el líder de ERC pudiese realizar los trámites para adquirir la condición de eurodiputado.
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