María José Campanario gana en la justicia al ‘Sálvame’ de Jorge Javier por atacar la intimidad de su hijo
La Audiencia de Cádiz obliga a borrar los programas y a pagar 15.000 euros a la pareja de Jesulín de Ubrique como indemnización
La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado la condena al Sálvame de Jorge Javier Vázquez por vulnerar los derechos de un menor al emitir imágenes de cuando tenía 9 años. Se trata del hijo de María José Campanario, pareja del popular torero Jesulín de Ubrique. El tribunal de segunda instancia únicamente ha rebajado la indemnización de 20.000 a 15.000 euros, al considerar que existió concretamente vulneración del derecho a la intimidad y no del derecho a la imagen.
Las imágenes fueron emitidas en los programas Sálvame Tomate y Sálvame Naranja en septiembre de 2020, acompañadas de rótulos como «Polémica con el hijo de María José Campanario…» y «Continua la polémica sobre el hijo de María José Campanario…». Durante la emisión, el programa incluso contactó con un ex defensor del menor para analizar las imágenes. El programa de Jorge Javier Vázquez, que creó La Fábrica de la Tele con Óscar Cornejo y Adrián Madrid a la cabeza, cuestionaba las actividades a las que llevaba María José Campanario a su pequeño retoño.
Tal como adelanta OKDIARIO, la Audiencia Provincial considera que, aunque el rostro del menor aparecía pixelado -motivo por el que descarta la vulneración del derecho a la imagen-, sí confirma que se produjo una intromisión ilegítima en su intimidad. El tribunal argumenta que las imágenes pertenecían a su vida privada, fueron tomadas en un entorno privado y se emitieron tres años después de ser captadas, sin el consentimiento de sus padres.
En su sentencia, el tribunal destaca que el hecho de que los padres del menor sean personas con relevancia pública no justifica la difusión de aspectos de la vida privada de su hijo. «El menor no es un personaje público salvo por sus padres, la noticia no tiene el interés general exigido para sacrificar el derecho a la intimidad», señala la resolución judicial.
La Audiencia también cuestiona el verdadero interés informativo de la emisión, indicando que el programa se centró más en criticar la conducta del menor y sus padres que en generar un debate serio sobre si un menor puede acudir a determinados eventos. El tribunal subraya que la noticia se emitió tres años después de los hechos, «sin ni siquiera ser una noticia reciente, sino sacada con el único propósito de criticar lo realizado por el menor y sus padres en su intimidad».
La sentencia, que ha logrado el letrado Mario Bonacho, socio director de Averum Abogados, tiene en cuenta varios factores para determinar la indemnización: la amplia difusión de los programas, que superaron el millón y medio de espectadores; la publicación de la información en la web de Tele 5 y sus redes sociales; y el hecho de que hasta 18 medios de comunicación diferentes reprodujeran posteriormente la información e imágenes.
Como medidas adicionales, el tribunal ordena a la empresa responsable a eliminar de su portal web de la cadena de televisión los programas Sálvame Tomate y Sálvame Naranja de dos días de septiembre de 2020, así como todas las publicaciones relacionadas en su página web y en sus redes sociales que contengan las imágenes que vulneran los derechos fundamentales del menor.
La resolución se apoya en jurisprudencia anterior que establece que «el interés general no puede reducirse a las expectativas de un público ávido de detalles sobre la vida privada ajena, ni al gusto de los lectores por el sensacionalismo». Además, recuerda que los programas de entretenimiento, «por más habitualmente agresivos que sean y por más tolerados socialmente que estén, tienen reglas, y entre estas se encuentran las impuestas por la protección de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución».
Esta sentencia se suma a una línea jurisprudencial que viene reforzando la protección de los menores frente a la difusión de información sobre sus vidas privadas en medios de comunicación, incluso cuando son hijos de personas con relevancia pública. El tribunal recuerda que la especial protección de los menores debe prevalecer sobre el interés informativo cuando este último no está suficientemente justificado por razones de verdadero interés general.
Otras condenas
El programa de televisión Sálvame y su productora, La Fábrica de la Tele, enfrentan una serie de reveses judiciales que suman más de un millón de euros en indemnizaciones por vulneración de derechos al honor e intimidad de diversos personajes públicos. La mayor indemnización fue la de 800.000 euros al periodista Alfonso Merlos por una «intromisión ilegítima continuada» en su derecho al honor e intimidad. El caso Merlos place, fue objeto de más de 20 programas que abordaron detalles íntimos de su vida personal durante el confinamiento.
Por otra parte, otros perjudicados fueron María del Monte (consiguió una indemnización de 200.000 euros por atribuirle un falso noviazgo en cuatro programas de 2021), Raquel Bollo (160.000 euros por daños a su imagen y trabajo), Antonio David Flores (152.000 euros por despido nulo y daños morales) y, entre otros, José Antonio Avilés (5.000 euros por vulneración de su intimidad.
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