Junqueras y el resto de ex consellers de ERC «acatan el 155» y piden al Supremo su libertad
Junqueras y los exconsellers de ERC acatarán el 155 por “imperativo legal” para salir de prisión
Rull y Turull piden su excarcelación al Supremo y se ponen a disposición del juez para declarar
El ex vicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras y el resto de ex consejeros de ERC encarcelados desde el pasado 2 de noviembre han remitido un escrito al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena en el que piden su puesta en libertad y dicen acatar la aplicación del artículo 155 de la Constitución —como adelantó OKDIARIO—, si bien afirman que no renuncian a sus convicciones políticas, aunque prometen defenderlas por «las vías del diálogo y la negociación».
En el escrito presentado al nuevo instructor de la causa por rebelión, sedición y malversación de caudales públicos en la que están imputados los antiguos miembros del Govern, la defensa de Junqueras, Raül Romeva, Carles Mundó y Dolors Bassa pide para todos la libertad provisional o una «medida cautelar menos gravosa», así como que Llarena les cite a declarar «a los estrictos términos de discutir los elementos relevantes para su situación personal».
Aunque en una parte del escrito los imputados destacan que fueron citados a declarar a la Audiencia Nacional «pese a ostentar legítima y democráticamente la condición de miembros del Gobierno de Cataluña», después asumen que lo hicieron «ya como ex consejeros o ex miembros del Gobierno».
«El cese en el desarrollo de sus tareas y responsabilidades de gobierno no se planteó como una estrategia defensiva, sino como una decisión personal de todos mis mandantes que, ante la aprobación de las resoluciones de aplicación del artículo 155, decidieron abandonar dichas responsabilidades políticas y asumir el reto electoral fijado por el Gobierno de España», explica la defensa.
También subraya que, en su opinión, en el denominado ‘procés’ no existen «indicios de la concurrencia de los delitos de rebelión y sedición, pues no hay constancia de los elementos típicos del alzamiento violento o tumultuario».
La Constitución protege al disidente
Es más, consideran que los hechos por los que se les imputa rebelión, sedición y malversación no son más que «el legítimo ejercicio de derechos fundamentales que deberían ser protegidos en lugar de perseguidos», ya que es «la propia Constitución Española» la que, en su opinión, debe «proteger al disidente político dentro de sus principios de tolerancia al discurso político pacífico, incluso cuando dicho discurso es perturbador o chocante».
A pesar de ello, la defensa asegura a continuación que los ex consejeros «aceptaron y aceptan la aplicación del artículo 155 desde la más profunda discrepancia política y jurídica» y que «no renuncian a defender sus convicciones políticas por vías estrictamente pacíficas y democráticas y trabajarán con el objetivo de alcanzar un acuerdo que permita poner en manos de la ciudadanía la decisión sobre el futuro político de Cataluña».
Eso sí, recuerda que «ninguno ocupa actualmente posiciones de poder institucional que les permitan tomar decisiones susceptibles de generar un riesgo de reiteración delictiva», y en el caso de que «en el futuro» volvieran a ostentar algún cargo público «están firmemente comprometidos a canalizar su actuación por las vías del diálogo y la negociación».
«Mis mandantes no renuncian a sus convicciones políticas, que pasan (como han defendido siempre) por un compromiso inquebrantable con los principios de la no violencia y la democracia, porque entienden que son legítimas y que la Constitución protege expresamente su derecho a defenderlas», afirman.
Por todo ello, los imputados consideran en su escrito al juez Llarena que existen «datos objetivos suficientes» que llevan a concluir que «no concurre riesgo de reiteración delictiva alguno», de modo que creen que ya no está justificado su mantenimiento en prisión.
Derecho a hacer campaña electoral
Junqueras y los exconsejeros de ERC argumentan también su condición de candidatos a las elecciones autonómicas del próximo 21 de diciembre, «a diferencia» de cuando fue ordenada la prisión, en las listas de un partido que, según remarcan, es «una organización legal, como legales son sus fines».
«Ahora mis mandantes son actores políticos de un proceso electoral y en condiciones normales tendrían derecho a participar de los actos de campaña, así como tendrán derecho a ejercer la representación política de los ciudadanos si resultasen escogidos, circunstancia que no se aventura improbable dada su posición en las listas electorales», explica su defensa.
A su juicio, los candidatos a unas elecciones «tienen el derecho a que se respete su reputación y que su imagen sea tratada de tal forma que no se influya en el proceso electoral ni se estigmatice de forma indebida su programa político», por lo que piden al juez del Supremo que valore este «nuevo elemento» que no pudo tener en cuenta la magistrada de la Audiencia Nacional cuando les envió a prisión porque entonces no eran candidatos, algo que «necesariamente debe influir» para decidir si mantener o no la medida cautelar.
No hay sustento para la malversación
Con respecto al delito de malversación de caudales públicos, la defensa de los exconsejeros opina que no existe ningún «sustento argumental» para mantener la imputación y por eso recuerdan que el propio juez Llarena no impuso la fianza de 6,2 millones de euros a los exmiembros de la Mesa del Parlament, la misma que se le pide al Govern.
Además, subrayan que «dicha malversación está siendo ya investigada» en las diligencias que se llevan a cabo en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) «por los mismos hechos y en las que se desestimó la admisión de una querella por los delitos de sedición y rebelión».
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