El juez Peinado pide al Supremo imputar a Bolaños por malversación y falso testimonio en el ‘caso Begoña’
El juez considera que hay indicios suficientes para imputarle por falso testimonio y malversación
El vídeo del juez Peinado acorralando a Bolaños: «Está usted respondiendo con titubeos»
El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, dirigido por Juan Carlos Peinado, ha elevado una exposición razonada al Tribunal Supremo solicitando que asuma la competencia para investigar a Félix Bolaños por presuntos delitos de malversación y falso testimonio en relación con el caso que afecta a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno.
En la exposición razonada de 31 páginas firmada, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, Peinado se dirige a la Sala Segunda del Tribunal Supremo «al considerar que la competencia para continuar la instrucción de la causa para el total esclarecimiento de los hechos recogidos en esta pieza podría corresponder a ese Alto Tribunal». Se trata de un escrito firmado este lunes 23 de junio pero que se ha conocido este martes.
La investigación de la pieza separada se centra en la contratación de Cristina Álvarez «como personal eventual para realizar funciones de directora de programas, el día 18 de junio del año 2018», según consta en el documento judicial.
En el punto de mira están las actividades desarrolladas por Cristina Álvarez como asistente personal de la esposa del presidente del Gobierno. El juez considera que existió una «apropiación de fondos por parte del autor o que éste consiente su apropiación por terceras personas», lo que constituye el núcleo de la presunta malversación investigada.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, según la exposición razonada, habría incurrido además en falso testimonio durante su declaración como testigo el 16 de abril de 2025, cuando negó tener conocimiento sobre el nombramiento de Cristina Álvarez.
La contradicción entre el testimonio y prestado y la documentación aportada constituye, según el juez, un presunto delito de falso testimonio tipificado en el artículo 458 del Código Penal. El documento judicial señala que «el testigo, ahora investigado, manifestó que la persona que había realizado el nombramiento, era el que había realizado un certificado», cuando las evidencias posteriores demostraron lo contrario.
La ley establece que «la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años».
Detalles del escrito
El magistrado ha documentado meticulosamente las actividades desarrolladas por la investigada Cristina Álvarez desde su contratación el 18 de junio de 2018, cuando Pedro Sánchez llegó al Palacio de La Moncloa. Según consta en la exposición razonada, «para ese nombramiento no se realizó ningún tipo de proceso de selección» y «con independencia de las otras funciones que pudiera realizar, efectuó múltiples trabajos para la actividad privada de la esposa del Presidente del Gobierno».
La investigación ha puesto de manifiesto que estas actividades privadas se desarrollaron «sin relación alguna con las funciones para las que había sido nombrada, y ajenas a aquellas». Entre las tareas identificadas figura el apoyo logístico y organizativo para eventos y actividades de Begoña Gómez, utilizando recursos y medios de la Administración pública.
El documento judicial revela que el nombramiento de Álvarez Rodríguez fue realizado por la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, «y era el órgano Administrativo, del que ha dependido orgánicamente, percibiendo sus retribuciones de dicha dependencia». Esta circunstancia resulta crucial para determinar la presunta malversación, ya que sus retribuciones procedían de fondos públicos mientras desarrollaba actividades de carácter privado.
La exposición razonada detalla que la actividad de Begoña Gómez en el «ámbito privado la desarrollaba en vinculación con la Universidad Complutense de Madrid, y esa actividad estaba siendo difundida públicamente». Esta difusión pública de actividades privadas desarrolladas con apoyo de personal público constituye uno de los elementos centrales de la investigación.
El juez considera especialmente relevante que «entre esas personas, con sucesivas responsabilidades en la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno se encuentra el investigado, Félix Bolaños». La conexión entre el ministro y los hechos investigados se fundamenta en su conocimiento directo de los nombramientos y su posterior testimonio contradictorio ante el juzgado.
La instrucción ha documentado correos electrónicos intercambiados entre diferentes responsables de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno que evidencian el conocimiento institucional sobre las actividades desarrolladas por Álvarez Rodríguez. Estos documentos, incorporados al sumario, demuestran que existía supervisión y coordinación de las tareas realizadas para Begoña Gómez Fernández desde dependencias oficiales.
La decisión de elevar la causa al Tribunal Supremo marca un punto de inflexión en una investigación que comenzó como diligencias previas por tráfico de influencias y ha evolucionado hacia imputaciones de malversación y falso testimonio que afectan directamente al núcleo del Ejecutivo del PSOE y Sumar.
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