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La Fiscalía se niega a investigar los insultos contra la juez del ‘caso David Sánchez’: «No existe imputación de hechos concretos»

  • Irene Tabera
  • Madrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: irene.tabera@okdiario.com

La Fiscalía se niega a investigar los insultos en redes sociales contra la juez Beatriz Biedma, que instruyó el caso del hermano de Pedro Sánchez. «No existe ninguna imputación de hechos concretos y específicos», resuelve el fiscal Juan Antonio Galán Miguel en una resolución fechada a 29 de julio.

La juez del caso David Sánchez ha soportado durante meses todo tipo de vejaciones e improperios en redes sociales por hacer su trabajo. Distintos usuarios se dirigieron a ella como «gorda», «rata», «bastarda», «tarada» y hasta «prevaricadora», entre otros insultos.

El pasado 15 de julio de 2026, el jurista extremeño Javier Saavedra denunció en la Fiscalía Provincial estos insultos y adjuntó las capturas de los mensajes en los que se atacaba a la juez Biedma.

«Pongo en su conocimiento diversos posts localizados en la red social X que presentan presunto contenido injurioso y calumnioso contra diversos miembros de la carrera judicial, particularmente contra la jueza Beatriz Biedma. Estas expresiones podrían dañar presuntamente el honor de la excelentísima jueza, y es por ello que se solicita a esta fiscalía su inmediata intervención», señalaba.

La Fiscalía, tras recibir la información, ha decidido no actuar de oficio y archivar la denuncia. La resolución es firme, aunque el denunciante podría acudir a otra instancia judicial.

«No aporta pruebas»

El fiscal argumenta que no tiene legitimidad para estudiar el asunto. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite al Ministerio Fiscal la incoación de diligencias de investigación, así como su archivo cuando los hechos denunciados no revistan caracteres de delito, o no pueden ser perseguidos por la existencia de algún óbice procesal.

Una instrucción de la Fiscalía General del Estado también establece que en el ámbito de la investigación preprocesal se reconoce al fiscal superior la facultad de investigar cualquier hecho delictivo cometido en el ámbito de su respectivo territorio.

El fiscal se niega a ello: «En este caso concreto, el escrito remitido por el Sr. Saavedra debe reputarse como una denuncia, en la que se relatan unos supuestos hechos delictivos de los que parece que podría considerarse como perjudicada a un miembro de la judicatura ejerciente en Extremadura, lo que aconseja -como ya se ha hecho en ocasiones anteriores- que la Fiscalía de la Comunidad Autónoma asuma la competencia de la investigación».

El representante del Ministerio Público también expone que, en el presente caso, el denunciante «no aporta ni un solo principio de prueba sobre sus afirmaciones, pero de ser ciertas podrían revestir naturaleza penal, ya que los hechos consistirían en la realización de expresiones insultantes que podrían lesionar la reputación de un miembro de la carrera judicial». El denunciante aportó los pantallazos de los insultos que podrían ser castigados por el Código Penal.

El fiscal también admite en su escrito que las expresiones contra la juez Beatriz Biedma «podrían llegar a incardinarse en un delito de injurias». Sin embargo, el fiscal no lo va a perseguir.

No habrá investigación de oficio

La ley también permite la persecución de tales conductas de oficio, cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.

En este caso, los insultos van dirigidos contra una juez, pero el fiscal considera que, partiendo del relato efectuado por el denunciante, «no existe ninguna imputación de hechos concretos y específicos, sino simplemente de insultos y expresiones injuriosas, que evidentemente van dirigidas contra una jueza, pero que, aparte de entrañar esencialmente una desmedida e intolerable crítica de matiz político, no se conectan ni se ponen en relación con ninguna actuación judicial concreta».

«Estaríamos por tanto ante delitos privados que sólo pueden perseguirse mediante querella de la persona agraviada, y que impiden en el presente contexto procesal que la Fiscalía pueda actuar de oficio», zanja el fiscal en su escrito recogido por OKDIARIO.