El abogado de Puigdemont Gonzalo Boye condenado a indemnizar a Revilla por colaborar con ETA en su secuestro
El abogado Gonzalo Boye, letrado de Carles Puigdemont y condenado a prisión por colaborar con ETA en el secuestro del empresario Emiliano Revilla en 1988, tendrá que indemnizar a éste según lo establecido por la Audiencia Nacional este jueves.
La Sección Primera de la Sala de lo Penal ha ordenado que se ejecute la responsabilidad civil a la que fue condenado en 1988 -el pago de 1,2 millones de euros-al considerar que ésta no ha prescrito. Además, el tribunal ha ordenado «profundicar en la investigación patrimonial» de Gonzalo Boye.
El hoy abogado de Puigdemont y Torra fue condenado en 1996 como autor responsable de un delito de detención ilegal a la pena de 14 años y 8 meses de cárcel, de los que cumplió seis. Un año antes de obtener la libertad condicional había comunicado que abonaría de forma fraccionada el pago de la indemnización, a razón de 5.000 pesetas mensuales.
En 2008, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) presentó un escrito en el que informaba de que no se había satisfecho la responsabilidad civil y pedía hacer la investigación patrimonial, ordenada después por la Fiscalía.
Boye alega que la responsabilidad civil reclamada prescribió el 5 de agosto de 2012, 15 años después del «último y único requerimiento de pago efectuado» en este procedimiento, pero la Audiencia Nacional rechaza este argumento al entender que existen «actos para interrumpir» la prescripción. Uno de estos actos es esa investigación patrimonial ordenada por Fiscalía en 2008.
Aunque en 2009 el tribunal declaró en una resolución que no existen bienes suficientes que permitieran hacer efectiva la deuda, a día de hoy entiende que existe «ánimo conservativo» de la reclamación.
Así, una vez que el abogado de Revilla pidió en 2018 reactivar el embargo, la Audiencia Nacional considera que el periodo de prescripción comienza de nuevo en ese momento, de modo que decreta que la responsabilidad civil sigue vigente y ordena investigar el patrimonio de Boye, «con la práctica, en su caso, del requerimiento y los apercibimientos» que resulten necesarios.
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