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Economía
entrevista

Las empresas que usan IA como ChatGPT en su trabajo «se arriesgan a demandas por derechos de autor»

Los modelos de IA se han entrenado en muchas ocasiones con "obras protegidas por derechos de autor"

  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación con especialidad en Economía. Redactor de economía y empresas en OKDIARIO y autor de 'La economía a través del tiempo' en el Instituto Juan de Mariana. Miembro de la junta directiva del Centro Diego de Covarrubias.

Francisco Javier Martín Aláez, catedrático, doctor y autor del libro Propiedad intelectual, plataformas e inteligencia artificial en el Mercado Único Digital, ha concedido una entrevista a OKDIARIO para hablar sobre la relación entre el uso de la inteligencia artificial (IA) y el derecho. Según el experto, los modelos de IA se han entrenado en muchas ocasiones con «obras protegidas por derechos de autor», por lo que las empresas que los usen en su actividad económica «pueden enfrentarse a reclamaciones». «Los titulares de derechos están demandando activamente a proveedores y usuarios de IA cuando detectan usos no autorizados», advierte.

Pregunta.- ¿Están las grandes tecnológicas respetando la propiedad intelectual con el desarrollo de la IA?

Respuesta.- Las grandes empresas tecnológicas, como Google, Meta u OpenAI, utilizan enormes cantidades de datos para entrenar sus sistemas de IA. Estos incluyen obras protegidas por derechos de autor, como textos, imágenes, música o vídeos.

Las tecnológicas defienden que su uso es legítimo porque la IA no copia literalmente las obras, sino que aprende patrones para generar contenido nuevo, y se apoyan en conceptos legales como el uso legítimo o fair use para justificarse.

Francisco Javier Martín Aláez, doctor experto en propiedad intelectual.

Sin embargo, numerosos creadores, editoriales y autores han presentado demandas alegando que estas prácticas infringen sus derechos, porque no se les ha pedido permiso ni se les ha compensado por el uso de sus obras. Estas disputas legales están activas ahora en varios países.

Por otro lado, la UE promueve una regulación más estricta y exige transparencia sobre los datos usados para entrenar la IA y mecanismos para proteger los derechos de los creadores. Las empresas tienen que informar detalladamente sobre los contenidos protegidos utilizados y contar con un sistema para excluir obras si sus autores así lo desean.

P.- ¿De quién son los derechos de autor de un contenido generado por IA?

R.- La legislación tradicional protege obras creadas por humanos. Por tanto, una obra creada exclusivamente por una IA sin intervención humana significativa no puede ser protegida por derechos de autor. Sin embargo, cuando un usuario humano aporta una intervención creativa relevante (como seleccionar, modificar, ordenar o retocar el contenido generado), esa aportación puede ser objeto de protección. Por ejemplo, cuando alguien utiliza una IA para generar una imagen o un texto y luego la edita sustancialmente o dirige el proceso creativo de forma significativa.

Un caso judicial relevante es la sentencia del Tribunal Local de Múnich (febrero de 2026), que estableció que la clave está en quién dirige el proceso creativo. En ese caso, aunque no se protegieron los logotipos creados con IA, el tribunal dejó abierta la puerta legal a que un contenido con IA sea protegible bajo la condición de que el autor humano ejerciera control y creatividad efectiva.

Además, la responsabilidad por posibles infracciones de derechos de autor en contenidos generados por IA puede recaer en el proveedor del modelo, el usuario que genera el contenido y la plataforma que lo distribuye, según las condiciones de uso.

P.- ¿Se puede denunciar a una empresa si usa contenido generado por IA?

R.- Sí, una empresa puede ser denunciada o recibir reclamaciones si utiliza contenido generado por IA sin respetar los derechos de autor, las condiciones contractuales o las normativas de protección de datos. El uso de contenido generado por IA en el ámbito empresarial conlleva riesgos legales.

«Hay casos en los que los titulares de derechos están demandando activamente a usuarios de IA cuando detectan usos no autorizados»

Si el contenido generado por IA reproduce de forma sustancial obras protegidas sin autorización, la empresa puede enfrentarse a reclamaciones por infracción de derechos de autor. Hay casos en los que los titulares de derechos están demandando activamente a proveedores y usuarios de IA cuando detectan usos no autorizados.

Además, la responsabilidad puede extenderse no solo al proveedor de la IA, sino también a la empresa que utiliza el contenido, especialmente si no existe supervisión humana adecuada o si se incumplen las condiciones de uso de la herramienta. También existen riesgos relacionados con la protección de datos personales y la confidencialidad, ya que introducir información sensible en sistemas de IA puede vulnerar normativas.

P.- ¿Se está adaptando la legislación a los cambios tecnológicos con la suficiente rapidez?

R.- La legislación procura adaptarse a los cambios tecnológicos, aunque no siempre con la celeridad requerida. La velocidad de evolución de la IA supera la capacidad tradicional de los procesos legislativos, que suelen ser lentos y reactivos. Mientras regiones como la Unión Europea avanzan con regulaciones específicas y adaptativas (como el Reglamento de IA y directivas sobre derechos digitales), otros aún están en fases exploratorias o mantienen marcos legales más generales y menos actualizados. Esta tecnología exige un esfuerzo conjunto por parte de todos los Estados.

Por tanto, la respuesta es negativa. Existe un desfase entre la realidad tecnológica y el marco jurídico vigente que genera incertidumbre para creadores, empresas y usuarios. Es preferible que haya modelos regulatorios más flexibles y adaptativos que permitan ajustarse automáticamente a distintos escenarios tecnológicos.